Resoluciones de Presidencia del Consejo Directivo

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RESOLUCION N° 038-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- REVOCAR la Resolución Directoral N° 1071-2017-OEFA/DFSAI del 22 de setiembre de 2017, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Compañía Minera Barbastro S.A.C. por la conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución; y, en consecuencia, ARCHIVAR el presente procedimiento administrativo sancionador en dicho extremo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

Descargas | Fecha: 27-02-2018| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 15/03/2018

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RESOLUCION N° 037-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO. – CORREGIR el error material incurrido en la Resolución Directoral N° 1042-2017-OEFA-DFSAI del 1 de setiembre de 2017, precisando que en el extremo del encabezado de la misma debió decir: Expediente N° 535-2014-OEFA/DFSAI/PAS
SEGUNDO. - REVOCAR de la Resolución Directoral Nº 210-2016-OEFA/DFSAI del 12 de febrero de 2016, a través de la cual se determinó la existencia de responsabilidad administrativa de Cepsa Perú S.A. Sucursal del Perú (ahora Cepsa Peruana S.A.C.), por la comisión de la conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución y, en consecuencia, ARCHIVAR el presente procedimiento administrativo sancionador, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
TERCERO.- REVOCAR el artículo 1° Resolución Directoral N° 1239-2017-OEFA/DFSAI del 20 de octubre de 2017, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Pluspetrol Perú Corporation S.A. por la comisión de la conducta infractora Nº 4 descrita en el Cuadro N° 2, así como la medida correctiva N° 4 contenida en el Cuadro N° 3 de la presente resolución, por los fundamentos establecidos en su parte considerativa, quedando agotada la vía administrativa.
CUARTO.- DISPONER que la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos (ahora, DFAI) proceda con la verificación del cumplimiento de la medida correctiva N° 1 descrita en el Cuadro N° 3 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma.

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RESOLUCIÓN N° 036-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- REVOCAR el artículo 4° de la Resolución Directoral N° 988-2017-OEFA/DFSAI del 31 de agosto de 2017, que declaró reincidente a Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. por la comisión de la infracción al literal a) del numeral 7.2 del artículo 7º del Reglamento Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2008-EM y por la comisión de la infracción del artículo 10º del Reglamento de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; y, en consecuencia, ARCHIVAR el presente procedimiento administrativo sancionador en este extremo, quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 035-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1176-2017-OEFA/DFSAI del 12 de octubre de 2017, en el extremo que declaró la responsabilidad administrativa de Activos Mineros S.A.C. por la comisión de las conductas infractoras detalladas en los numerales 1, 3 y 4 del cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa. SEGUNDO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1176-2017-OEFA/DFSAI del 12 de octubre de 2017, en el extremo que declaró la responsabilidad administrativa de Activos Mineros S.A.C. por la comisión de la conducta infractora detallada en el numeral 2 del cuadro N° 1 de la presente resolución, en relación a la conducta infractora referida a verter flujos de aguas residuales a la quebrada Puyush, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa. TERCERO.- CONFIRMAR el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 1176-2017-OEFA/DFSAI del 12 de octubre de 2017, en cuanto al dictado de la medida correctiva detallada en el numeral 3 del Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa. CUARTO.- REVOCAR la Resolución Directoral N° 1176-2017-OEFA/DFSAI del 12 de octubre de 2017, en el extremo que declaró la responsabilidad administrativa de Activos Mineros S.A.C. por la comisión de la conducta infractora detallada en el numeral 2 del cuadro N° 1 de la presente resolución, en relación a la conducta infractora referida a verter flujos de aguas residuales a la quebrada Pucará, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa. QUINTO.- MODIFICAR el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 1176-2017-OEFA/DFSAI del 12 de octubre de 2017, en cuanto al dictado de la medida correctiva detallada en el numeral 1 del Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; la cual queda fijada en los siguientes términos: SEXTO.- REVOCAR el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 1176-2017-OEFA/DFSAI del 12 de octubre de 2017, en cuanto al dictado de la medida correctiva detallada en el numeral 2 del Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 034-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 1085-2017-OEFA/DFSAI del 25 de setiembre del 2017, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Pluspetrol Norte S.A. por la comisión de las conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos establecidos en su parte considerativa, quedando agotada la vía administrativa. SEGUNDO.- CALIFICAR el recurso de apelación presentado por Pluspetrol Norte S.A. contra la Resolución Directoral N° 1085-2017-OEFA/DFSAI del 25 de setiembre del 2017, en el extremo referido al plazo de cumplimiento de la medida correctiva impuesta por la primera instancia, detallada en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, como una solicitud de prórroga, conforme a lo dispuesto en el artículo 32° de la Resolución de Consejo Directivo N° 007-2015-OEFA/CD, y disponer que la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos (ahora DFAI) del OEFA evalúe el referido pedido.

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RESOLUCIÓN N° 033-2018-OEFA-TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR el artículo 1° de la Resolución Directoral Nº 746-2017-OEFA/DFSAI del 10 de julio de 2017, en el extremo que determinó la responsabilidad administrativa de Industria Atunera S.AC, por incurrir en la conducta infractora N° 3 detallada en el cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa. SEGUNDO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Directoral N° 746-2017-OEFA/DFSAI del 10 de julio de 2017, en el extremo que se dictó la medida correctiva detallada en el cuadro N° 2 de la presente resolución; debiéndose retrotraer el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. En consecuencia, devolver los actuados a la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos (ahora, DFAI) del OEFA para los fines correspondientes. TERCERO.- Notificar la presente resolución a Industria Atunera S.A.; y remitir el expediente a la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del OEFA (Ahora, DFAI), para los fines correspondientes.

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RESOLUCIÓN N° 032-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 1028-2017-OEFA/DFSAI del 1 de setiembre de 2017, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Corporación Pesquera Inca S.A.C., respecto de las conductas infractoras N° 1 y N° 3 descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 031-2018-OEFA-TFA-SMEPIM

PRIMERO. - CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1138-2017-OEFA/DFSAI del 29 de setiembre de 2017, que determinó la existencia de responsabilidad administrativa de Savia Perú S.A. por la comisión de la conducta infractora detallada en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma, quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 030-2018-OEFA-TFA-SMEPIM

PRIMERO.- DECLARAR la sustracción de la materia en cuanto a las medidas preventivas ordenadas a Great Panther Coricancha S.A. mediante Resolución Directoral N° 066-2017-OEFA/DS del 29 de noviembre de 2017; y por concluido el procedimiento administrativo; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 029-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1111-2017-OEFA/DFSAI del 28 de setiembre de 2017, a través de la cual se declaró la responsabilidad administrativa por parte de la Compañía Minera Barrick Misquichilca S.A. por la comisión de las conductas infractoras descritas en los numerales 3 y 4 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en su parte considerativa; quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 028-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1089-2017-OEFA/DFSAI del 26 de setiembre de 2017, que declaró la responsabilidad administrativa de Pluspetrol Perú Corporation S.A. por la comisión de la conducta infractora descrita en la Cuadro N° 1 de la presente resolución; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 027-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 062-2017-OEFA/DS del 15 de noviembre de 2017, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Óxidos de Pasco S.A.C.; así como el artículo 3° de la Resolución Directoral N° 008-2017-OEFA/DS en el extremo que ordenó la medida preventiva N° 3 del Cuadro N° 1 de la presente resolución; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 026-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 061-2017-OEFA/DS del 15 de noviembre de 2017, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Empresa Administradora Cerro S.A.C.; así como el artículo 3° de la Resolución Directoral N° 007-2017-OEFA/DS en el extremo que ordenó la medida preventiva N° 3 del Cuadro N° 1 de la presente resolución; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCION N° 025-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR el artículo 1° de la Resolución Directoral Nº 682-2017-OEFA/DFSAI del 31 de mayo de 2017, en el extremo que determinó la responsabilidad administrativa de Pesquera Jada S.A., por incurrir en la conducta infractora N° 1 detallada en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- DECLARAR la nulidad de la Resolución Directoral N° 682-2017-OEFA/DFSAI del 31 de mayo de 2017, en el extremo que determino la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Pesquera Jada S.A, por la comisión de las conductas infractoras Nos 2, 3, 4 y 5 detalladas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución y, en consecuencia, ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador en dichos extremos, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.
TERCERO.- Notificar la presente resolución a Pesquera Jada S.A.; y remitir el expediente a la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del OEFA (Ahora, DFAI), para los fines correspondientes.

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RESOLUCION N° 024-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO. – CORREGIR el error material incurrido en la Resolución Directoral N° 1042-2017-OEFA-DFSAI del 1 de setiembre de 2017, precisando que en el extremo del encabezado de la misma debió decir:
Expediente N° 535-2014-OEFA/DFSAI/PAS
SEGUNDO. - REVOCAR de la Resolución Directoral Nº 210-2016-OEFA/DFSAI del 12 de febrero de 2016, a través de la cual se determinó la existencia de responsabilidad administrativa de Cepsa Perú S.A. Sucursal del Perú (ahora Cepsa Peruana S.A.C.), por la comisión de la conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución y, en consecuencia, ARCHIVAR el presente procedimiento administrativo sancionador, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

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RESOLUCION N° 023-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral No 1013-2017-OEFA/DFSAI del 1 de setiembre de 2017, que declaró improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por Asesoría Comercial S.A.; así como la Resolución Directoral No 1576-2016-OEFA/DFSAI del 30 de setiembre de 2016, a través de la cual se declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Asesoría Comercial S.A. por la comisión de la conducta infractora descrita en el Cuadro No 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma; quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCION N° 022-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 0933-2017-OEFA/DFSAI del 31 de agosto de 2017, que declaró improcedente el recurso de reconsideración presentado por la empresa Exploraciones Orion S.A.C.contra la Resolución Directoral Nº 537-2017-OEFA/DFSAI del 27 de abril de 2017.
SEGUNDO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 537-2017-OEFA/DFSAI, a través de la cual se declaró la existencia de responsabilidad administrativa a la empresa Exploraciones Orion S.A.C. por la comisión de las infracciones N° 1 y N° 4 descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, y se ordenó el cumplimiento de las medidas correctivas a la empresa Exploraciones Orion S.A.C. descritas en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma; quedando agotada la vía administrativa.
TERCERO.- REVOCAR la Resolución Directoral N° 537-2017-OEFA/DFSAI, a través de la cual se declaró la existencia de responsabilidad administrativa de la empresa Exploraciones Orion S.A.C. por la comisión de la conducta infractora N° 2, y, en consecuencia su archivo.

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RESOLUCION N° 021-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N.° 1221-2017-OEFA/DFSAI del 12 de octubre de 2017, en cuanto declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de la Compañía Minera Anglo American Quellaveco S.A. por la comisión de la conducta infractora descrita en el Cuadro N.° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en su parte considerativa; quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCION N° 020-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR los artículos 1° y 3° de la Resolución Directoral N° 1059-2017-OEFA/DFSAI del 15 de setiembre de 2017, en los extremos que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Empresa Administradora Cerro S.A.C. por la comisión de la conducta infractora descrita en el numeral 1 del Cuadro N° 1 de la presente resolución y ordenó la medida correctiva detallada en el numeral 1 del Cuadro N° 2 de la misma, por los fundamentos expuestos en su parte considerativa; quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO. -. Poner en conocimiento de la Subdirección de Seguimiento de Entidades de Fiscalización Ambiental de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental del OEFA, así como de la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios del OEFA, para que en virtud de lo dispuesto en los artículos 46° y 58° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM, procedan conforme a sus respectivas facultades, teniendo en cuenta los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

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RESOLUCION N° 019-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- REVOCAR el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 1025-2017-OEFA/DFSAI del 1 de setiembre de 2017, que declaró improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por Armadores y Congeladores del Pacífico S.A. contra la Resolución Directoral N° 304-2017-OEFA/DFSAI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- CONFIRMAR el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 304-2017-OEFA/DFSAI del 28 de febrero de 2017, que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Armadores y Congeladores del Pacífico S.A., respecto de la conducta infractora N° 5 descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma, quedando agotada la vía administrativa.

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