Resoluciones de Presidencia del Consejo Directivo

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RESOLUCION N° 078-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- Declarar la NULIDAD del artículo 1° de la Resolución Subdirectoral N° 1318-2017-OEFA/DFSAI/SDI del 25 de agosto de 2017, así como del artículo 1° de la Resolución Directoral N° 1334-2017-OEFA/DFSAI del 14 de noviembre de 2017, a través de las cuales se imputó y declaró la responsabilidad administrativa de Minera Yanacocha S.R.L. por la comisión de la conducta infractora detallada en el numeral 5 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma; y, en consecuencia, RETROTRAER el procedimiento hasta el momento en que el vicio se produjo, a fin que la SDI emita un nuevo pronunciamiento, teniendo en consideración lo expuesto en la presente resolución.

Descargas | Fecha: 28-03-2018| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 20/04/2018

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RESOLUCION N° 077-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- REVOCAR la Resolución Directoral N° 1307-2017-OEFA/DFSAI del 31 de octubre de 2017 en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Corporación Lindley S.A., por la comisión de las conductas infractoras N° 1 y 2 descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución y, en consecuencia, ARCHIVAR el presente procedimiento administrativo sancionador por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

Descargas | Fecha: 27-03-2018| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 20/04/2018

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RESOLUCION N° 076-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO. - CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1272-2017-OEFA/DFSAI del 31 de octubre de 2017, a través de la cual se declaró la responsabilidad administrativa por parte de Minera Barrick Misquichilca S.A. por la comisión de la conducta infractora detallada en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa, quedando agotada la vía administrativa.

Descargas | Fecha: 23-03-2018| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 09/04/2018

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RESOLUCION N° 075-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Subdirectoral N° 1410-2016-OEFA/DFSAI del 8 de setiembre de 2016, así como de la Resolución Directoral Nº 1344-2017-OEFA/DFSAI del 15 de noviembre de 2017, a través de las cuales se imputó responsabilidad por las conductas infractoras descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución y se declaró la responsabilidad administrativa de Gold Fields Perú Exploraciones S.A. en Liquidación por la conducta infractora descrita en el numeral 2 del Cuadro N° 1 de la presente resolución; debiéndose RETROTRAER el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. En consecuencia, devolver los actuados a la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos (ahora, DFAI) del OEFA para los fines correspondientes.

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RESOLUCION N° 074-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO. - RECTIFICAR el error material incurrido en la Resolución N° 043-2018-OEFA/TFA-SMEPIM del 28 de febrero de 2018, precisando el extremo del artículo 1° de la parte resolutiva que dice:
“PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 944-2017-OEFA/DFSAI del 31 de agosto de 2017, que declaró improcedente el recurso de reconsideración presentado por la Compañía de Exploraciones Orion S.A.C.; asimismo, confirmar la Resolución Directoral Nº 527-2017-OEFA/DFSAI del 26 de abril de 2017 en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Exploraciones Orion S.A.C. por la comisión de la conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos establecidos en su parte considerativa, quedando agotada la vía administrativa”.
Debe decir:
“PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 944-2017-OEFA/DFSAI del 31 de agosto de 2017, que declaró improcedente el recurso de reconsideración presentado por la Compañía de Exploraciones Orion S.A.C.; asimismo, confirmar la Resolución Directoral Nº 527-2017-OEFA/DFSAI del 26 de abril de 2017 en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Compañía de Exploraciones Orion S.A.C. por la comisión de la conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos establecidos en su parte considerativa, quedando agotada la vía administrativa.”

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RESOLUCION N° 073-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO. - RECTIFICAR el error material incurrido en la Resolución N° 022-2018-OEFA/TFA-SMEPIM del 8 de febrero de 2018, precisando la sumilla y los artículos de la parte resolutiva que dice:
“(…)SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral N° 0933-2017-OEFA/DFSAI del 31 de agosto de 2017, que declaró improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Exploraciones Orión S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 537-2017-OEFA/DFSAI del 27 de abril de 2017, asi como la Resolución Directoral Nº 537-2017-OEFA/DFSAI, del 27 de abril de 2017, a través de la cual se determinó la existencia de responsabilidad administrativa al administrado por la comisión de las conductas infractoras N° 1 y N° 4 descritas en el cuadro N° 1 de la presente resolución:(…)”
“(…)PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 0933-2017-OEFA/DFSAI del 31 de agosto de 2017, que declaró improcedente el recurso de reconsideración presentado por la empresa Exploraciones Orion S.A.C.contra la Resolución Directoral Nº 537-2017-OEFA/DFSAI del 27 de abril de 2017.
SEGUNDO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 537-2017-OEFA/DFSAI, a través de la cual se declaró la existencia de responsabilidad administrativa a la empresa Exploraciones Orion S.A.C. por la comisión de las infracciones N° 1 y N° 4 descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, y se ordenó el cumplimiento de las medidas correctivas a la empresa Exploraciones Orion S.A.C. descritas en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma; quedando agotada la vía administrativa.
TERCERO.- REVOCAR la Resolución Directoral N° 537-2017-OEFA/DFSAI, a través de la cual se declaró la existencia de responsabilidad administrativa de la empresa Exploraciones Orion S.A.C. por la comisión de la conducta infractora N° 2, y, en consecuencia su archivo.
CUARTO.- Notificar la presente resolución a Exploraciones Orion S.A.C. y remitir el expediente a la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos (ahora DFAI) del OEFA para los fines correspondientes.(…)”
Debe decir:
“(…)SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral N° 0933-2017-OEFA/DFSAI del 31 de agosto de 2017, que declaró improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por la Compañía de Exploraciones Orion S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 537-2017-OEFA/DFSAI del 27 de abril de 2017, asi como la Resolución Directoral Nº 537-2017-OEFA/DFSAI, del 27 de abril de 2017, a través de la cual se determinó la existencia de responsabilidad administrativa al administrado por la comisión de las conductas infractoras N° 1 y N° 4 descritas en el cuadro N° 1 de la presente resolución:(…)”
“(…) PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 0933-2017-OEFA/DFSAI del 31 de agosto de 2017, que declaró improcedente el recurso de reconsideración presentado por la Compañía de Exploraciones Orion S.A.C.contra la Resolución Directoral Nº 537-2017-OEFA/DFSAI del 27 de abril de 2017.
SEGUNDO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 537-2017-OEFA/DFSAI, a través de la cual se declaró la existencia de responsabilidad administrativa de la Compañía de Exploraciones Orion S.A.C. por la comisión de las infracciones N° 1 y N° 4 descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, y se ordenó el cumplimiento de las medidas correctivas a la Compañía de Exploraciones Orion S.A.C. descritas en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma; quedando agotada la vía administrativa.
TERCERO.- REVOCAR la Resolución Directoral N° 537-2017-OEFA/DFSAI, a través de la cual se declaró la existencia de responsabilidad administrativa de la Compañía de Exploraciones Orion S.A.C. por la comisión de la conducta infractora N° 2, y, en consecuencia su archivo.
CUARTO.- Notificar la presente resolución a la Compañía de Exploraciones Orion S.A.C. y remitir el expediente a la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos (ahora DFAI) del OEFA para los fines correspondientes.(…)”

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RESOLUCION N° 072-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO. - RECTIFICAR el error material incurrido en la Resolución N° 044-2018-OEFA/TFA-SMEPIM del 1 de marzo de 2018, precisando el extremo del artículo tercero de la parte resolutiva que dice:
“TERCERO.- Declarar la NULIDAD parcial de la Resolución Directoral N° 1255-2017-OEFA/DFSAI del 26 de octubre de 2017, en cuanto la DFSAI (ahora, DFAI) no emitió pronunciamiento por la conducta imputada detallada en el numeral 3 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma; quedando agotada la vía administrativa”.
Debe decir:
“TERCERO.- Declarar la NULIDAD parcial de la Resolución Directoral N° 1255-2017-OEFA/DFSAI del 26 de octubre de 2017, en cuanto la DFSAI (ahora, DFAI) no emitió pronunciamiento por la conducta imputada detallada en el numeral 3 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma.

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RESOLUCION N° 071-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- REVOCAR el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 1299-2017-OEFA/DFSAI del 31 de octubre de 2017, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Minsur S.A., respecto de la conducta infractora N° 2 descrita en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, y, en consecuencia ARCHIVAR el presente procedimiento administrativo sancionador en dicho extremo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- Declarar la NULIDAD parcial de la Resolución Directoral N° 1299-2017-OEFA/DFSAI del 31 de octubre de 2017, en cuanto la DFSAI no emitió pronunciamiento por las conductas imputadas detalladas en los numerales 1 y 4 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma; por tanto, se debe retrotraer el procedimiento hasta el momento en que el vicio se produjo.
TERCERO.- Declarar la NULIDAD del artículo 1° de la Resolución Directoral N° 1299-2017-OEFA/DFSAI del 31 de octubre de 2017, en el extremo que declaró la responsabilidad administrativa de Minsur S.A., por ejecutar una bocamina ubicada en las coordenadas UTM WGS84 359290 E, 8429400 N, que no se encuentra aprobada en su instrumento de gestión ambiental, y cuya descarga excede los límites máximos permisibles respecto del parámetro Potencial de Hidrógeno (pH); y en consecuencia, retrotraer el procedimiento al momento en que el vicio se produjo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

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RESOLUCION N° 070-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 1296-2017-OEFA/DFSAI del 31 de octubre de 2017, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Minera Titán del Perú S.R.L. por la comisión de las conductas infractoras 3, 8 y 9 descritas en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma; quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- Declarar la NULIDAD parcial de la Resolución Directoral N° 1296-2017-OEFA/DFSAI del 31 de octubre de 2017, en cuanto la DFSAI (ahora, DFAI) no emitió pronunciamiento por las conductas imputadas detalladas en los numerales 1, 2, 4, 5, 6 y 7 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, por tanto, se debe retrotraer el procedimiento hasta el momento en que el vicio se produjo.

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RESOLUCION N° 069-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1156-2017-OEFA/DFSAI del 4 de octubre de 2017, que declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por Iamgold Perú S.A; asi como, la Resolución Directoral N° 781-2017-OEFA/DFSAI, a través de la cual se declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Iamgold Perú S.A por la comisión de la infracción descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma; quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCION N° 068-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO. - RECTIFICAR el error material incurrido en la Resolución N° 032-2018-OEFA/TFA-SMEPIM del 16 de febrero de 2018, precisando el extremo del artículo 1° de la parte resolutiva que dice:
PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1028-2017-OEFA/DFSAI del 1 de setiembre de 2017, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Corporación Pesquera Inca S.A.C., respecto de las conductas infractoras N° 1 y N° 3 descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.
Debe decir:
PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1028-2017-OEFA/DFSAI del 1 de setiembre de 2017, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Pesquera Hayduk S.A., respecto de las conductas infractoras N° 1 y N° 3 descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

Descargas | Fecha: 16-03-2018| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 27/03/2018

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RESOLUCION N° 067-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- REVOCAR la Resolución Directoral N° 1261-2017-OEFA/DFSAI del 30 de octubre de 2017, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Electro Sur Este S.A.A., por la comisión de las conducta infractora N° 2 y 5 detalladas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, así como las medidas correctivas descrita en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, relacionadas a dichas conductas infractoras y, en consecuencia, ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador en dichos extremos, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

Descargas | Fecha: 16-03-2018| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 09/04/2018

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RESOLUCION N° 066-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Directoral N° 1358-2017-OEFA/DFSAI del 20 de noviembre de 2017, en el extremo que determinó la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Pluspetrol Perú Corporation S.A. según el detalle descrito en el Cuadro N° 5 de la presente resolución; debiéndose retrotraer el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. En consecuencia, devolver los actuados a la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos (ahora, DFAI) del OEFA para los fines correspondientes.
SEGUNDO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1358-2017-OEFA/DFSAI del 20 de noviembre de 2017, que declaró la responsabilidad administrativa de Pluspetrol Perú Corporation S.A. por la comisión de la conducta infractora según en detalle del Cuadro N° 6 de la presente resolución; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.
TERCERO.- REVOCAR la Resolución Directoral N° 1358-2017-OEFA/DFSAI del 20 de noviembre de 2017, en el extremo que determinó la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Pluspetrol Perú Corporation S.A. por la conducta infractora referida a que excedió los límites máximos permisibles del subsector hidrocarburos en el punto de monitoreo L88-MAV-EI-CPI respecto del parámetro Coliformes Fecales durante junio de 2014; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; y, por lo tanto, archivar el presente procedimiento en dicho extremo.

Descargas | Fecha: 16-03-2018| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 27/03/2018

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RESOLUCION N° 065-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1288-2017-OEFA/DFSAI del 31 de octubre de 2017, que declaró la responsabilidad administrativa de Pluspetrol Perú Corporation S.A. por la comisión de las conductas infractoras descritas en la Cuadro N° 1 de la presente resolución así como las medidas correctivas descritas en el Cuadro N° 2 de la presente resolución; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

Descargas | Fecha: 16-03-2018| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 27/03/2018

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RESOLUCION N° 064-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CALIFICAR el recurso de apelación presentado por Pluspetrol Norte S.A. contra la Resolución Directoral N° 1583-2017-OEFA/DFSAI del 18 de diciembre de 2017, en lo referido al plazo de cumplimiento de la medida correctiva impuesta por la primera instancia, detallada en el Cuadro N° 3 de la presente resolución, como una solicitud de prórroga, conforme a lo dispuesto en el artículo 32° de la Resolución de Consejo Directivo N° 007-2015-OEFA/CD, y disponer que la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos (ahora, DFAI) del OEFA evalúe el referido pedido.

Descargas | Fecha: 15-03-2018| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 27/03/2018

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RESOLUCION N° 063-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 1365-2017-OEFA/DFSAI del 21 de noviembre de 2017, que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Pluspetrol Norte S.A. por la comisión de las conductas infractoras Nos 1, 4, 5 y 8 descritas en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos establecidos en su parte considerativa, quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- REVOCAR el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 1365-2017-OEFA/DFSAI del 21 de noviembre de 2017 que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Pluspetrol Norte S.A en el extremo referido a la conducta infractora N° 3 descrita en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCION N° 062-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Directoral N° 1070-2017-OEFA/DFSAI del 22 de setiembre de 2017 en el extremo que declaró responsabilidad administrativa de Yura S.A. por la comisión de la infracción N° 1 del cuadro N° 1 de la presente resolución; debiéndose retrotraer el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. En consecuencia, corresponde devolver los actuados a la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos (ahora, DFAI) del OEFA para los fines correspondientes.

Descargas | Fecha: 08-03-2018| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 27/03/2018

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RESOLUCION N° 061-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- REVOCAR la Resolución Directoral N° 1242-2017-OEFA-DFSAI del 23 de octubre de 2017, que determinó la existencia de responsabilidad administrativa de la Empresa Minera Los Quenuales S.A. por el incumplimiento del artículo 4° de la Resolución Ministerial N° 011-96-EM/VMM, que configuró la infracción prevista en el numeral 6.2.3 del punto 6 del Cuadro de Tipificación de Infracciones Ambientales y Escala de Multas y Sanciones en la Gran y Mediana Minería respecto de labores de Explotación, Beneficio, Transporte y Almacenamiento de Concentrados de Minerales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2012-MINAM y en consecuencia, se ARCHIVA el procedimiento administrativo sancionador y se REVOCA la medida correctiva detallada en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.

Descargas | Fecha: 08-03-2018| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 27/03/2018

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RESOLUCION N° 060-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 1253-2017-OEFA/DFSAI del 25 de octubre de 2017, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de la Compañía Minera Raura S.A. por la comisión de la conducta infractora N° 1 descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en su parte considerativa; quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- CALIFICAR el extremo del recurso de apelación interpuesto por la Compañía Minera Raura S.A. contra la Resolución Directoral N° 1253-2017-OEFA/DFSAI del 25 de octubre de 2017, en lo referido al plazo de cumplimiento de la medida correctiva impuesta por la primera instancia, detallada en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, como una solicitud de prórroga, conforme con lo dispuesto en el artículo 32° de la Resolución de Consejo Directivo N° 007-2015-OEFA/CD, y disponer que la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos (ahora DFAI) del OEFA evalúe el referido pedido.

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RESOLUCION N° 059-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1320-2017-OEFA/DFSAI del 31 de octubre de 2017, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Compañía Minera Ares S.A.C., respecto de las conductas infractoras Nos 1 y 2 descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en su parte considerativa; quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1320-2017-OEFA/DFSAI del 31 de octubre de 2017, en el extremo que ordenó a Compañía Minera Ares S.A.C. cumplir con la medida correctiva detallada en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en su parte considerativa; quedando agotada la vía administrativa.
TERCERO.- REVOCAR la Resolución Directoral N° 1320-2017-OEFA/DFSAI del 31 de octubre de 2017, en el extremo que declaró reincidente a Compañía Minera Ares S.A.C. por el incumplimiento del literal a) del numeral 7.2 del artículo 7° del Reglamento Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2008-EM, y su inscripción en el Registro de Infractores Ambientales del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

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