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Resolución N° 0964-2017-OEFA/DFSAI
Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronortemedio – Hidrandina S.A. por la comisión de la infracción N° 1 señalada en la Tabla N° 1; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Declarar el archivo del presente procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronortemedio – Hidrandina S.A. por los hechos imputados N° 2, 3 y 4 de la Tabla N° 1 de la presente Resolución, de conformidad con los fundamentos señalados.
Descargas | Fecha: 31-08-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 19/06/2018
Resolución N° 0963-2017-OEFA/DFSAI
Archivar el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra DISTRIBUIDORES, EXPORTADORES, IMPORTADORES S.R.L.
Resolución N° 0962-2017-OEFA/DFSAI
Declarar la responsabilidad administrativa de Pluspetrol Norte S.A., por la comisión de la infracción señalada en la Tabla N° 1; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Declarar que en el presente caso no resulta pertinente ordenar medidas correctivas por la comisión de la infracción señalada en la Tabla N° 1 de la presente resolución, conforme a lo señalado en los fundamentos de la presente resolución y en aplicación de la Única Disposición Complementaria Transitoria del Texto Único Ordenado del Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 045-2015-OEFA/PCD.
Resolución N° 0961-2017-OEFA/DFSAI
Declarar el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Anglo American Michiquillay S.A. por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Declarar que al haberse determinado el archivo del presente procedimiento administrativo sancionador, no corresponde correr traslado del respectivo Informe Final de Instrucción a Anglo American Michiquillay S.A. para la presentación de descargos
Resolución N° 0960-2017-OEFA/DFSAI
Archivar el presente procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Trading Fishmeal Corporation S.A.C. por la supuesta infracción que se indica en la Tabla Nº 1, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Resolución N° 0959-2017-OEFA/DFSAI
Declarar la responsabilidad administrativa de Fresnillo Perú S.A.C. respecto de las infracciones indicadas en los numerales 1, 2 y 3 de la Tabla N° 2, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Ordenar a Fresnillo Perú S.A.C. que cumpla con las medidas correctivas indicadas en las Tablas N° 3, 4 y 5; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Resolución N° 0958-2017-OEFA/DFSAI
Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Compañía de Exploraciones Orión S.A.C. respecto de las infracciones indicadas en los numerales 1, 2 y 3 de la Tabla N° 2; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Declarar el archivo del presente procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Compañía de Exploraciones Orión S.A.C. respecto de la infracción indicada en el numeral 4 de la Tabla N° 2, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Ordenar a Compañía de Exploraciones Orión S.A.C. que cumpla con las medidas correctivas contempladas en las Tablas N° 3 y 4 de la presente resolución.
Resolución N° 0957-2017-OEFA/DFSAI
Declarar el archivo del Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado contra Corporación Andina de Gas del Perú S.A.C respecto de los hechos imputados 1, 2 y 3 contenidos en la Tabla N° 2 y por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Resolución N° 0956-2017-OEFA/DFSAI
Declarar la existencia de responsabilidad administrativa a la Empresa Regional de Servicios Públicos de Electricidad Electronoroeste S.A., por la comisión de la infracción N° 1 que consta en la Tabla N° 1 de los considerandos de la presente Resolución. Declarar el archivo del presente procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Empresa Regional de Servicios Públicos de Electricidad Electronoroeste S.A., por la presunta infracción señalada en el numeral 2 de la Tabla N° 1, de conformidad con los fundamentos señalados en la presente Resolución. Declarar que en este caso no resulta pertinente ordenar medidas correctivas a la Empresa Regional de Servicios Públicos de Electricidad Electronoroeste S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Resolución N° 0955-2017-OEFA/DFSAI
Declarar la existencia de responsabilidad administrativa a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A., por la comisión de la infracción N° 1 que consta en la Tabla N° 1 de los considerandos de la presente Resolución. Declarar que en este caso no resulta pertinente ordenar medidas correctivas a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución
Resolución N° 0954-2017-OEFA/DFSAI
Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. por la comisión de las siguientes infracciones indicadas en los numerales 1 y 2 de la Tabla Nº 1, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Ordenar a Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. en calidad de medidas correctivas, que cumpla con las indicadas en las Tablas N° 2 y 3 de la presente Resolución. Declarar reincidente a Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. por la comisión de la infracción al Artículo 32° del Decreto Supremo N° 16-93-EM, que aprueba el Reglamento Ambiental de Actividades Minero Metalúrgicas, configurándose la reincidencia como factor agravante.
Resolución N° 0953-2017-OEFA/DFSAI
Archivar el presente procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Inversiones Generales Santísimo Señor de Huamantanga S.A.C por la comisión de las infracciones consignadas en la Tabla N° 1, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Resolución N° 0952-2017-OEFA/DFSAI
Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Estación de Servicios Daniela S.A. por la comisión de la infracción señalada en la Tabla N° 1; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Ordenar a Estación de Servicios Daniela S.A el cumplimiento de la medida correctiva señalada en la Tabla N° 2 de la presente Resolución.
Resolución N° 0951-2017-OEFA/DFSAI
Declarar la existencia de responsabilidad administrativa a la Empresa Regional de Servicios Públicos de Electricidad del Oriente S.A., por la comisión de la infracción N° 1 que consta en la Tabla N° 1 de los considerandos de la presente Resolución. Declarar que en este caso no resulta pertinente ordenar medidas correctivas a la Empresa Regional de Servicios Públicos de Electricidad del Oriente S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Resolución N° 0950-2017-OEFA/DFSAI
Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Productos Hidrobiológicos Krevoimar Norte S.A.C.por la comisión de las infracciones indicadas en los numerales 1 al 5, y 7 de la Tabla N° 1; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Declarar el archivo del presente procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Productos Hidrobiológicos Krevoimar Norte S.A.C., en el extremo referido a la infracción indicada en el numeral 6 de la Tabla N° 1; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Ordenar a Productos Hidrobiológicos Krevoimar Norte S.A.C. en calidad de medida correctiva, que cumpla con la indicada en la Tabla Nº 2; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Resolución N° 0949-2017-OEFA/DFSAI
Archivar el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Unión Andina de Cementos S.A.A. por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.
Resolución N° 0948-2017-OEFA/DFSAI
Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Caxamarca Gas S.A. por la comisión de las infracciones indicadas en la Tabla N° 1; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Ordenar a Caxamarca Gas S.A. el cumplimiento de las medidas correctivas detalladas en las Tablas N° 2 y 3, por los fundamentos expuestos en la presente resolución. Informar a Caxamarca Gas S.A., que las medidas correctivas ordenadas por la autoridad administrativa suspenden el procedimiento administrativo sancionador, el cual sólo concluirá si la autoridad verifica su cumplimiento. Informar a Caxamarca Gas S.A. que contra la conducta infractora N° 1 y 3 no resulta pertinente el dictado de medida correctiva, por los fundamentos expuestos en la presente resolución. Archivar el presente procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Caxamarca Gas S.A., por la supuesta infracción que se indica a continuación, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución: Durante el primer y segundo trimestre del año 2014 Caxamarca Gas S.A. no habría realizado el monitoreo de calidad de aire del parámetro (NOx) en la primera y segunda estación, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental.
Resolución N° 0947-2017-OEFA/DFSAI
Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Costa Mira S.A.C. por la comisión de la infracción imputada en la Tabla N° 1; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Ordenar a Costa Mira S.A.C. el cumplimiento de la medida correctiva listada en la Tabla N° 2, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Informar a Costa Mira S.A.C. que la medida correctiva ordenada por la autoridad administrativa suspende el procedimiento administrativo sancionador, el cual sólo concluirá si la autoridad verifica su cumplimiento. Caso contrario, el referido procedimiento se reanudará quedando habilitado el OEFA a imponer la sanción respectiva, conforme a lo establecido en el Artículo 19° de la Ley N° 30230, Ley que Establece las Medidas Tributarias, Simplificación de Procedimientos y Permisos para la Promoción y Dinamización de la Inversión en el País.
Resolución N° 0946-2017-OEFA/DFSAI
Declarar fundado el recurso de reconsideración interpuesto por Cepsa Perú S.A. Sucursal del Perú (ahora Cepsa Peruana S.A.C.) contra la Resolución Directoral Nº 1523-2016-OEFA/DFSAI del 30 de setiembre del 2016, referido a la conducta infractora N° 3 detallada en la Tabla N° 1 de la presente Resolución. Dejar sin efecto las medidas correctivas dictadas en la Resolución Directoral N° 1523-2016-OEFA/DFSAI del 30 de setiembre del 2016, respecto a la conducta infractora N° 3 detallada en la Tabla N° 1 de la presente Resolución.
Resolución N° 0945-2017-OEFA/DFSAI
Declarar fundado en parte el recurso de reconsideración interpuesto por Southern Peru Copper Corporation, Sucursal del Perú contra la Resolución Directoral N° 1319-2016-OEFA/DFSAI, en el extremo referido a las conductas infractoras N° 1 y 6 señaladas en la Tabla N° 1, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Southern Peru Copper Corporation, Sucursal del Perú en lo referido a las conductas infractoras N° 2, 3, 4, 5, 7, 8, y 9 señaladas en la Tabla N° 1; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
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