Disposiciones Emitidas

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RESOLUCIÓN N° 419-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.– Declarar la NULIDAD de la Resolución Subdirectoral N° 1178-2017-OEFA/DFSAI/SDI del 31 de julio de 2017 y de las Resoluciones Directorales N° 1338 y 1758-2018-OEFA/DFAI del 15 de junio y 31 de julio de 2018, respectivamente, a través de las cuales se determinó y confirmó la responsabilidad administrativa de Pesquera Tierra Colorada S.A.C. por la comisión de la conducta infractora descrita en el numeral 2 del Cuadro 1 de la presente resolución, ello al haberse vulnerado el principio de legalidad y tipicidad; debiéndose RETROTRAER el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma.

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RESOLUCIÓN N° 418-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO. – CORREGIR el error material incurrido en la Resolución Directoral N° 1450-2018- OEFA-DFAI del 28 de junio de 2018, precisando que en el artículo 1° de esta debió decir: Artículo 1°. – Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. por la comisión de la infracción que consta en el numeral 1 de la Tabla N° 1 de la Resolución Subdirectoral N° 009-2017-OEFA/DFAI/SFEM. SEGUNDO. – Declarar la NULIDAD de la Resolución Directoral N° 2294-2018-OEFA/DFAI del 28 de setiembre de 2018, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral N° 1450-2018-OEFA/DFAI del 28 de junio de 2018, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. – ENOSA por la conducta infractora detalla en el Cuadro N° 1 de la presente Resolución, debiéndose RETROTRAER el procedimiento administrativo sancionador al momento en que el vicio se produjo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

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RESOLUCIÓN N°417-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 2159-2018-OEFA/DFAI del 21 de setiembre de 2018, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Alianza Virgen de Asunción S.R.L - AVIDAS por la comisión de la conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1 de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos en la misma, quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 416-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Subdirectoral N° 949-2017-OEFA/DFSAI-SDI del 28 de junio de 2017 y de la Resolución Directoral N° 529-2018-OEFA/DFAI del 28 de marzo de 2018, que declaró responsabilidad administrativa de Gasoducto Sur Peruano S.A. por la comisión de la conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución; debiéndose RETROTRAER el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma. SEGUNDO.- REVOCAR el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 529-2018-OEFA/DFAI del 28 de marzo de 2018, en el extremo que determinó responsabilidad administrativa de Gasoducto Sur Peruano S.A por haber excedió los LMP en la estación de monitoreo KP4-ED-4 respecto de los parámetros Coliformes Totales y Coliformes Termotolerantes durante el mes de mayo de 2016, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; y, en consecuencia, ARCHIVAR el presente procedimiento administrativo sancionador en este extremo, quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN Nº 415-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO. - CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 2081-2018-OEFA/DFSAI del 29 de agosto de 2018, que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Activos Mineros S.A.C. por la comisión de las conductas infractoras descritas en el numeral 1 y 2 del cuadro N° 1 de la presente resolución, y le ordenó el cumplimiento de la medida correctiva descrita en el cuadro N° 2 de la misma, por los fundamentos establecidos en la parte considerativa; quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 414-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO. - CONFIRMAR el artículo 1° de la Resolución Directoral No 2317-2018-OEFA/DFAI del 28 de setiembre de 2018, que declaró la existencia de responsabilidad administrativa a Corporación Minera Castrovirreyna S.A., en Liquidación, por la comisión de las conductas infractoras descritas en los numerales 1 y 2 del cuadro No 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma; quedando agotada la vía administrativa. SEGUNDO. - CONFIRMAR el artículo 2° de la Resolución Directoral No 2317-2018-OEFA/DFAI del 28 de setiembre de 2018, que ordenó a Corporación Minera Castrovirreyna S.A., en Liquidación el cumplimiento de las medidas correctivas descritas en el numeral Nos 1 y 2 del cuadro No 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma; quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 413-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO. – Declarar la NULIDAD la Resolución Directoral N° 2017-2018-OEFA/DFAI de fecha 29 de agosto de 2018, en los extremos que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Empresa Minera Los Quenuales S.A. por la comisión de la infracción descrita en el numeral 3 del Cuadro N° 1 de la presente resolución y el cumplimiento de la medida correctiva descrita en el numeral 3 del cuadro N° 2 de la misma; en consecuencia, se ARCHIVA el presente procedimiento administrativo sancionador, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN No 412-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO. - REVOCAR la Resolución Directoral N° 1297-2018-OEFA/DFAI del 8 de junio de 2018, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de FRIOMAR S.A.C., por la comisión de la conducta infractora N° 2 detallada en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, y, en consecuencia, ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma, quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 411-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Subdirectoral N° 711-2017-OEFA/DFSAI/SDI del 10 de mayo de 2017 y de la Resolución Directoral N° 0874-2018-OEFA/DFAI del 30 de abril de 2018, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Gran Tierra Energy Perú S.R.L., por la comisión de la conducta infractora N° 2 detallada en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, al haberse vulnerado el principio de legalidad; debiéndose RETROTRAER el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma.

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RESOLUCIÓN N° 410-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO. - CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 2158-2018-OEFA/DFAI del 21 de setiembre de 2018 a través de la cual se determinó la existencia de responsabilidad administrativa de Sucroalcolera del Chira S.A. por la comisión de la conducta infractora detallada en el Cuadro N° 1 de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa, quedando agotada la vía administrativa. SEGUNDO. - CONFIRMAR el artículo 2° de la Resolución Directoral No 2158-2018-OEFA/DFAI del 21 de setiembre de 2018, en el extremo que ordenó a Sucroalcolera del Chira S.A. el cumplimiento de la medida correctiva descrita en el cuadro No 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la esta.

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RESOLUCIÓN N° 409-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO. - INTEGRAR la Resolución Directoral N° 770-2018-OEFA-DFAI del 30 de abril de 2018, en el extremo referido a la parte resolutiva, en el sentido que se debió declarar el archivo de la conducta infractora detallada en el numeral 3 de la Tabla N° 1 de la Resolución Subdirectoral N° 1866-2017-OEFA/DFSAI/SDI. SEGUNDO. - CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 2139-2018-OEFA/DFAI del 18 de setiembre de 2018, que declaró improcedente el recurso de reconsideración presentado por Consorcio Matrix Technology S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 770-2018-OEFA/DFAI del 30 de abril de 2018, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 408-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 2138-2018-OEFA/DFAI del 17 de setiembre del 2018, en el extremo que declaró improcedente del recurso de reconsideración presentado por Pesquera de Conservas de Chimbote – La Chimbotana S. A. C. contra la Resolución Directoral N° 1104-2018- OEFA/DFAI del 31 de mayo de 2018, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 407-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO. - REVOCAR la Resolución Directoral N° 367-2018-OEFA/DFAI del 28 de febrero de 2018, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Compañía Pesquera del Pacífico Centro S.A., por la comisión de la conducta infractora N°  1 detallada en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, y, en consecuencia, ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma, quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 406-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1226-2018-OEFA/DFAI del 31 de mayo de 2018, en el extremo que declaró improcedente el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral N° 554-2018-OEFA/DFAI del 28 de marzo de 2018, que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Empresa de Servicios Generales La Estación de Ilo S.A., por la conducta infractora detallada en el Cuadro N° 1 de la presente resolución y la medida correctiva descrita en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos establecidos en la parte considerativa, quedando agotada la vía administrativa. SEGUNDO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Directoral N° 554-2018-OEFA/DFAI del 28 de marzo de 2018, en el extremo que sancionó a Empresa de Servicios Generales La Estación de Ilo S.A., con una multa ascendente a sesenta y siete con cuarenta y cuatro centésimas (67.44) de Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por los fundamentos establecidos en la parte considerativa y, en consecuencia RETROTRAER el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

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RESOLUCIÓN N° 405-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 2182-2018-OEFA/DFSAI del 25 de setiembre del 2018, en el extremo que declaró improcedente el recurso de reconsideración de Savia Perú S.A., así como la Resolución Directoral N° 1903-2018-OEFA/DFAI del 23 de agosto de 2018, que determinó la responsabilidad administrativa de Savia Perú S.A. por la comisión de las conducta infractora del Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en su parte considerativa quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 404-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1999-2018-OEFA/DFAI del 29 de agosto de 2018, en el extremo que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por el administrado; así como la Resolución Directoral N° 900-2018-OEFA/DFAI del 10 de mayo de 2018, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Estación de Servicios Nor Perú S.A.C. por la comisión de la conducta infractora detallada en el Cuadro N° 1, así como el dictado de la medida correctiva descrita en el Cuadro Nº 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma, quedando agotada la vía administrativa. SEGUNDO. - Declarar la NULIDAD del artículo 1º de la Resolución Directoral N° 900-2018-OEFA/DFAI del 10 de mayo de 2018, en el extremo que sancionó a Estación de Servicios Nor Perú S.A.C. con una multa ascendente a doce con 20/100 (12.20) UIT, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa, debiéndose RETROTRAER el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo.

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RESOLUCIÓN N° 403-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 2253-2018-OEFA/DFAI del 28 de setiembre de 2018, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Gas Natural Fenosa Perú S.A. por la comisión de la conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1, así como el dictado de la medida correctiva desarrollada en el Cuadro Nº 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma, quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 402-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Subdirectoral N° 1749-2017-OEFA-DFSAI/SDI del 31 de octubre de 2018 y la Resolución Directoral N° 1896-2018-OEFA/DFAI del 23 de agosto de 2018, en el extremo que se imputó y declaró la responsabilidad administrativa de Maple Gas Corporation del Perú S.R.L. por la comisión de la conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, así como su medida correctiva detallada en el Cuadro N° 2 de la misma y, en consecuencia RETROTRAER el procedimiento administrativo sancionador al momento en el que el vicio se produjo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. SEGUNDO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1896-2018-OEFA/DFAI del 23 de agosto de 2018, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Maple Gas Corporation del Perú S.R.L. por la comisión de la conducta infractora N° 2 descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma, quedando agotada la vía administrativa. TERCERO. - REVOCAR la Resolución Directoral N° 1896-2018-OEFA/DFAI del 23 de agosto de 2018, en el extremo que determinó el dictado de la medida correctiva Nº 2 descrita en el Cuadro N° 2 de la presente resolución a Maple Gas Corporation del Perú S.R.L., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma, quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 401-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1498-2018-OEFA/DFAI del 28 de junio de 2018, en el extremo que declaró la responsabilidad administrativa por parte de Graña y Montero Petrolera S. A., por la comisión de las conductas infractoras Nos 1 y 2 descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución; así como en el extremo que ordenó el cumplimiento de las medidas correctivas Nos 1, 4 y 5 descritas en el Cuadro N° 2 de la presente resolución; por los fundamentos expuestos en su parte considerativa, quedando agotada la vía administrativa. SEGUNDO.- DISPONER que la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos proceda con la verificación del cumplimiento de las medidas correctivas Nos 4 y 5 descritas en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma.

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RESOLUCIÓN N° 400-2018-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 50-2018-OEFA/DSEM del 10 de setiembre 2018, a través de la cual se ordenó a la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, la ejecución de las medidas preventivas detalladas en los numerales 1 a 11 del cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma; quedando agotada la vía administrativa.

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