Datos Generales

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RESOLUCION N° 057-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 663-2017-OEFA/DFSAI del 31 de mayo de 2017 que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la señora Vilma Lourdes Yupa Mamani contra la Resolución Directoral N° 164-2017-OEFA/DFSAI toda vez que quedó acreditada su responsabilidad administrativa respecto a las conductas infractoras descritas en el Cuadro N° 1 de, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

Descargas | Fecha: 25-10-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 13/11/2017

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RESOLUCION N° 056-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 684-2017-OEFA/DFSAI del 31 de mayo de 2017, que declaró improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por la Universidad Nacional del Altiplano; así como la Resolución Directoral N 1035-2016-OEFA/DFSAI del 22 de julio de 2016, a través de la cual se declaró la existencia de responsabilidad administrativa de la Universidad Nacional del Altiplano por la comisión de la conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma; quedando agotada la vía administrativa.

Descargas | Fecha: 25-10-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 09/11/2017

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RESOLUCION N° 055-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 0645-2017-OEFA/DFSAI del 31 de mayo de 2017, a través de la cual se declaró la responsabilidad administrativa por parte de Compañía Minera Santa Luisa S.A. por la comisión de la conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en su parte considerativa; quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCION N° 054-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONCEDER la prórroga solicitada por la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental por un plazo adicional de treinta (30) días hábiles, contados a partir del vencimiento del plazo de cuarenta (40) días hábiles otorgados mediante la Resolución N° 047-2017-OEFA/TFA-SMEPIM del 10 de octubre de 2017, para que emita un pronunciamiento definitivo en el procedimiento administrativo sancionador recaído en el Expediente N° 346-2013-OEFA/DFSAI/PAS; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
SEGUNDO.- Notificar la presente resolución a Cecilio Baca Fernández, Gregoria Casas Huamanhuillca, Marco Baca Casas, Yony Baca Casas, Cecilio Baca Casas, Violeta Baca Casas, Maruja Baca Casas, José Luis Baca Casas, Goya E.I.R.L. y S.M.R.L. Chavinsa N° 3 de Madre de Dios.

Descargas | Fecha: 25-10-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 15/11/2017

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RESOLUCION N° 053-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- LEVANTAR la suspensión provisional dispuesta a través de la Resolución N° 072-2015-OEFA/TFA-SEM del 17 de noviembre de 2015, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; y, en consecuencia, disponer que la Resolución N° 008-2013-OEFA/TFA, que declaró infundado el recurso de apelación presentado por Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. contra la Resolución Directoral N° 352-2012-OEFA/DFSAI y dispuso el pago de la multa de veinte (20) UIT impuesta en la misma, sea ejecutada en sus términos al haber recuperado su carácter ejecutario.

Descargas | Fecha: 18-10-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 14/11/2017

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RESOLUCION N° 052-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 543-2017-OEFA/DFSAI del 27 de abril de 2017, mediante la cual se desestimó el recurso de reconsideración interpuesto por Graña y Montero Petrolera S.A. contra la Resolución Directoral N° 1232-2015-OEFA/DFSAI del 29 de noviembre de 2015, y en consecuencia, confirmar la Resolución Directoral N° 1232-2015-OEFA/DFSAI, por la cual se determinó la existencia de responsabilidad administrativa de Graña y Montero Petrolera S.A. por la comisión de las conductas infractoras detalladas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución y se impuso la medida correctiva descrita en el Cuadro N° 2 de la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCION N° 051-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 505-2017-OEFA/DFSAI del 21 de abril de 2017, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Maple Gas Corporation del Perú S.R.L., respecto de la conducta infractora N° 1 descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, así como la imposición de la medida correctiva descrita en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma, quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- REVOCAR el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 505-2017-OEFA/DFSAI del 21 de abril de 2017 en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Maple Gas Corporation del Perú S.R.L., respecto de la conducta infractora N° 3 descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución y, en consecuencia ARCHIVAR el presente procedimiento administrativo sancionador en dicho extremo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCION N° 050-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 688-2017-OEFA/DFSAI del 13 de junio de 2017, a través de la cual se determinó la existencia de responsabilidad administrativa de Pluspetrol Norte S.A. por la comisión de las conductas infractoras detalladas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma, quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- CONFIRMAR la medida correctiva detallada en el numeral 1 del Cuadro N° 2 de la presente resolución, en el extremo que ordenó a Pluspetrol Norte S.A. la acreditación de la rehabilitación de los cuerpos de suelo afectados por el derrame del 9 de abril de 2013, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.
TERCERO.- CONFIRMAR los plazos otorgados por la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos para el cumplimiento de las medidas correctivas ordenadas a Pluspetrol Norte S.A., descritas en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma; quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCION N° 049-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 576-2017-OEFA/DFSAI del 28 de abril de 2017, que sancionó a Papelera Nacional S.A. con una multa ascendente a ciento setenta y cinco (175) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago al haberse acreditado la comisión de la conducta infractora, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.
SEGUNDO.- DISPONER que el monto de la multa impuesta, ascendente a ciento setenta y cinco (175) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), sea depositado en la cuenta recaudadora N° 00 068 199344 del Banco de la Nación, en moneda nacional, debiendo indicar al momento de la cancelación al banco el número de la Resolución Directoral N° 576-2017-OEFA/DFSAI; sin perjuicio de informar en forma documentada al OEFA del pago realizado

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RESOLUCION N° 048-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- REVOCAR la Resolución Directoral N° 0533-2017-OEFA/DFSAI del 27 de abril de 2017 a través de la cual se declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Petrobras Energía del Perú S.A. por la conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la resolución; y, en consecuencia, se dispone archivar el procedimiento administrativo sancionador.

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RESOLUCION N° 047-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- Declarar INFUNDADA la queja presentada por Cecilio Baca Fernández, Gregoria Casas Huamanhuillca, Marco Baca Casas y Yony Baca Casas contra la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental mediante escrito de fecha 5 de octubre de 2017, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. En consecuencia, se declara concluido el procedimiento de queja y se dispone el archivo del presente expediente.
SEGUNDO.- DISPONER que la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental emita pronunciamiento en el procedimiento administrativo sancionador seguido contra Cecilio Baca Fernández, Gregoria Casas Huamanhuillca, Cecilio Baca Casas, Violeta Baca Casas, Yony Baca Casas, Maruja Baca Casas, José Luis Baca Casas, Marco Baca Casas, Goya E.I.R.L. y S.M.R.L. Chavinsa N° 3 de Madre de Dios, tramitado bajo el Expediente N° 346-2013-OEFA/DFSAI/PAS en un plazo de cuarenta (40) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente resolución.

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RESOLUCION N° 045-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución N° 090-2012-OEFA/TFA del 12 de junio de 2012, a través de la cual se declaró de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N° 2719-2010-PRODUCE/DIGSECOVI del 27 de agosto de 2010 e infundado el recurso de apelación presentado por Tecnologías en Favor del Medio Ambiente S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 2719-2010-PRODUCE/DIGSECOVI del 27 de agosto de 2010, en cumplimiento de lo ordenado en la sentencia contenida en la Resolución N° Once del 29 de diciembre de 2015 dictada por el Décimo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, confirmada por Resolución N° Cuatro del 28 de agosto de 2016 expedida por la Segunda Sala Contenciosa Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Lima; y de la Resolución N° Trece del 5 de setiembre de 2017, dictada en ejecución de sentencia por el Décimo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima.
SEGUNDO.- Declarar la NULIDAD de la Resolución Directoral N° 2719-2010-PRODUCE/DIGSECOVI del 27 de agosto de 2010, a través de la cual se dispuso como medida cautelar la suspensión del derecho administrativo (Licencia de Operación), del establecimiento industrial pesquero de harina residual de Tecnologías en Favor del Medio Ambiente S.A.C., ubicado en Carretera Pisco – Paracas Km 15.5, distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica, otorgada por Resolución Directoral N° 175-2007-PRODUCE/DGEPP, hasta que cumpla con los compromisos ambientales, en cumplimiento de lo ordenado en la sentencia contenida en la Resolución N° Once del 29 de diciembre de 2015 dictada por el Décimo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, confirmada por Resolución N° Cuatro del 28 de agosto de 2016 expedida por la Segunda Sala Contenciosa Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Lima; y de la Resolución N° Trece del 5 de setiembre de 2017, dictada en ejecución de sentencia por el Décimo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima.
TERCERO.- DECLARAR la sustracción de la materia del presente procedimiento administrativo, en cuanto la medida cautelar dictada por Resolución Directoral N° 2719-2010-PRODUCE/DIGSECOVI del 27 de agosto de 2010, y por tanto, se dispone el ARCHIVO del presente procedimiento cautelar, en cumplimiento de lo ordenado en la sentencia contenida en la Resolución N° Once del 29 de diciembre de 2015 dictada por el Décimo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, confirmada por Resolución N° Cuatro del 28 de agosto de 2016 expedida por la Segunda Sala Contenciosa Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Lima; y de la Resolución N° Trece del 5 de setiembre de 2017, dictada en ejecución de sentencia por el Décimo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Descargas | Fecha: 05-10-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 11/10/2017

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RESOLUCION N° 044-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 176-2017-OEFA/DFSAI del 3 de febrero de 2017, mediante la cual se determinó la existencia de responsabilidad respecto de las conductas infractoras descritas en el Cuadro N° 2 de presente resolución, por los fundamentos expuestos en la misma; quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCION N° 043-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 041-2017-OEFA/DS del 16 de junio de 2017, que declaró improcedente el recurso de reconsideración presentado por Casa Grande S.A.A. contra la Resolución Directoral Nº 034-2017-OEFA/DS del 3 de mayo de 2017; así como la Resolución Directoral Nº 034-2017-OEFA/DS, a través de la cual se ordenó como medida preventiva a Casa Grande S.A.A. el cese inmediato de toda forma de vertimiento de los efluentes industriales que provengan de sus procesos productivos de la planta industrial ubicada en avenida Parque Fábrica s/n en el distrito de Casa Grande, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, mientras no acredite la implementación y eficaz funcionamiento del sistema de tratamiento de efluentes industriales establecido en el Programa de Adecuación y Manejo Ambiental”.

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RESOLUCION N° 042-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 523-2017-OEFA/DFSAI del 25 de abril de 2017, por los fundamentos expuestos en su parte considerativa; quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCION N° 041-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución N° 577-2017-OEFA/DFSAI del 28 de abril de 2017, que sancionó a Curtiduría El Porvenir S.A. con una multa ascendente a ciento setenta y cinco (175) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago al haberse acreditado la comisión de la conducta infractora, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.

Descargas | Fecha: 28-09-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 05/10/2017

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RESOLUCION N° 040-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 563-2017-OEFA/DFSAI del 28 de abril de 2017, que determinó la existencia de responsabilidad administrativa de Doe Run Perú S.R.L en Liquidación en Marcha por la comisión de la conductas infractoras detalladas en los numerales 1 y 2 del Cuadro N° 1 de la presente resolución; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

Descargas | Fecha: 26-09-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 05/10/2017

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RESOLUCION N° 039-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 539-2017-OEFA/DFSAI del 27 de abril de 2017, en los extremos a través de la cual se determinó la existencia de responsabilidad administrativa de Pluspetrol Norte S.A. por la comisión de la conducta infractora detallada en el numeral 1 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, así como la imposición de la medida correctiva descrita en el Cuadro N° 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

Descargas | Fecha: 14-09-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 20/09/2017

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RESOLUCION N° 038-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CALIFICAR como una solicitud de prórroga el recurso de apelación presentado por Pluspetrol Norte S.A. contra la Resolución Directoral N° 743-2017-OEFA/DFSAI del 10 de julio de 2017, en lo referido al plazo de cumplimiento de la medida correctiva impuesta por la primera instancia administrativa, , en aplicación de lo dispuesto en el artículo 32° de la Resolución de Consejo Directivo N° 007-2015-OEFA/CD, y disponer que la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del OEFA evalúe el referido pedido.

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RESOLUCION N° 037-2017-OEFA/TFA-SMEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 479-2017-OEFA/DFSAI del 31 de marzo de 2017, que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Carbones y Derivados S.A.E.M.A., por la comisión de las conductas infractoras descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.

Descargas | Fecha: 07-09-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 18/09/2017