Datos Generales

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RESOLUCIÓN N° 013-2017-OEFA/TFA-SEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1957-2016-OEFA/DFSAI del 29 de diciembre de 2016, a través de la cual se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la Pesquera Jada S.A.

Descargas | Fecha: 12-04-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 21/04/2017

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RESOLUCIÓN N° 012-2017-OEFA/TFA-SEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1918-2016-OEFA/DFSAI del 20 de diciembre de 2016, que declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por Acuícola Sechín S.A. en el extremo que declaró la responsabilidad administrativa por parte de Acuícola Sechín S.A., por la comisión de las conductas infractoras descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa; quedando agotada la vía administrativa.

Descargas | Fecha: 21-03-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 31/03/2017

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RESOLUCIÓN N° 011-2017-OEFA/TFA-SEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1735-2016-OEFA/DFSAI del 10 de noviembre de 2016 a través de la cual se declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Productora Andina de Congelados S.R.L. por la conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa

Descargas | Fecha: 10-03-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 24/03/2017

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RESOLUCIÓN N° 010-2017-OEFA/TFA-SEPIM

PRIMERO.- CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 1853-2016-OEFA/DFSAI del 9 de diciembre de 2016, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.

Descargas | Fecha: 10-03-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 24/03/2017

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RESOLUCIÓN N° 009-2017-OEFA/TFA-SEPIM

CONFIRMAR la Resolución Directoral N° 040-2016-OEFA/DS del 27 de diciembre de 2016, a través de la cual se ordenó a Metalexacto S.R.L. una medida preventiva; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.

Descargas | Fecha: 24-02-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 03/03/2017

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RESOLUCIÓN N° 008-2017-OEFA/TFA-SEPIM

CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 1816-2016-OEFA/DFSAI del 30 de noviembre de 2016, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

Descargas | Fecha: 24-02-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 03/03/2017

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RESOLUCIÓN N° 007-2017-OEFA/TFA-SEPIM

CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 1505-2016-OEFA/DFSAI del 29 de setiembre de 2016, a través de la cual se sancionó a Sociedad Anónima Papelsa por la conducta infractora descrita en el Cuadro Nº 1 y se ordenó las medidas correctivas detalladas en el Cuadro Nº 2 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa. DISPONER que el monto de la multa impuesta, ascendente a ciento setenta y cinco (175) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), sea depositado en la cuenta recaudadora N° 00 068 199344 del Banco de la Nación, en moneda nacional, debiendo indicar al momento de la cancelación al banco el número de la presente Resolución; sin perjuicio de informar en forma documentada al OEFA del pago realizado

Descargas | Fecha: 09-02-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 17/02/2017

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RESOLUCIÓN N° 006-2017-OEFA/TFA-SEPIM

REVOCAR la Resolución Directoral 1488-2016-OEFA/DFSAI del 28 de setiembre de 2016, en el extremo que ordenó a Trupal S.A. la medida correctiva descrita en el Cuadro Nº 4 de la presente resolución; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma; y, por lo tanto, archivar el presente procedimiento en dicho extremo. CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 1488-2016-OEFA/DFSAI del 28 de setiembre de 2016, en el extremo que determinó la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Trupal S.A. por las conductas infractoras Nos 2 y 3 del Cuadro N° 3 de la presente resolución, en cuanto al incumplimiento numeral 3 del artículo 6° del Reglamento de Protección Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera, aprobado por Decreto Supremo N° 019-97-ITINCI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa; y, por otro lado, REVOCAR dicho pronunciamiento en el extremo que determinó la existencia de responsabilidad administrativa por parte de la referida empresa por las conductas infractoras antes mencionadas, en cuanto al incumplimiento numeral 2 del artículo 6° del reglamento antes indicado; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; y, por lo tanto, archivar el presente procedimiento en este segundo extremo. CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 1488-2016-OEFA/DFSAI del 28 de setiembre de 2016, en el extremo que determinó la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Trupal S.A. por la conducta infractora N° 4 del Cuadro N° 3 de la presente resolución; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa. REVOCAR la Resolución Directoral 1488-2016-OEFA/DFSAI del 28 de setiembre de 2016, en el extremo que ordenó a Trupal S.A. la medida correctiva descrita en el Cuadro N° 4 de la presente resolución; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma; y, por lo tanto, archivar el presente procedimiento en dicho extremo.

Descargas | Fecha: 07-02-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 10/02/2017

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RESOLUCIÓN N° 005-2017-OEFA/TFA-SEPIM

CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 1436-2016-OEFA/DFSAI del 21 de setiembre de 2016, a través de la cual se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Productos Pesqueros del Sur S.A., contra la Resolución Directoral Nº 533-2016-OEFA/DFSAI del 21 de abril de 2016, por las conductas infractoras Nº 1 y 2 descritas en el Cuadro Nº 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa. EXHORTAR a Productos Pesqueros del Sur S.A. y a sus abogados a que, en lo sucesivo, adecúen su conducta al principio de buena fe procedimental, establecido en el numeral 1.8 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Descargas | Fecha: 02-02-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 17/02/2017

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RESOLUCIÓN N° 004-2017-OEFA/TFA-SEPIM

CONFIRMAR la Resolución Directoral Nº 1497-2016-OEFA/DFSAI del 28 de setiembre de 2016, a través de la cual se determinó la existencia de responsabilidad administrativa de Unión Andina de Cementos S.A.A. por la comisión de las conductas infractoras descritas en el Cuadro Nº 1 de la presente resolución y ordenó a la referida empresa la medida correctiva detallada en el Cuadro Nº 2 de la misma, por los fundamentos expuestos en la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCIÓN N° 003-2017-OEFA/TFA-SEPIM

REVOCAR la Resolución Directoral Nº 1530-2016-OEFA/DFSAI del 30 de setiembre de 2016, mediante la cual se declaró la responsabilidad administrativa de Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A. por el incumplimiento del artículo 117º de la Ley Nº 28611, el artículo 17º de la Ley Nº 29325, el numeral 2 del artículo 6º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-ITINCI, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 003-2002-PRODUCE, en concordancia con el literal b) del numeral 4.1 del artículo 4º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 045-2013-OEFA/CD, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; y, en consecuencia, archivar el presente procedimiento administrativo sancionador.

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RESOLUCION N° 002-2017-OEFA/TFA-SEPIM

Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad de oficio de la Resolución N° 055-2016-OEFA/TFA-SEPIM del 16 de diciembre de 2016, formulada por Acuacultura y Pesca S.A.C. por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

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RESOLUCIÓN N° 001-2017-OEFA/TFA-SEPIM

Declarar la NULIDAD de la Resolución Directoral N° 723-2016-OEFA/DFSAI del 24 de mayo de 2016, a través de la cual se declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Matarani S.A.C. por las conductas infractoras descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, así como en el extremo que ordenó las medidas correctivas detalladas en el Cuadro N° 3 de la misma, asimismo declarar la nulidad de la Resolución Directoral N° 1239-2016-OEFA/DFSAI del 22 de agosto de 2016; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. En consecuencia, devolver los actuados a la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del OEFA para los fines correspondientes.
DISPONER que, en aplicación del numeral 11.3 del artículo 11° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se adopten las acciones necesarias a efectos de determinar la responsabilidad a que hubiere lugar, de ser el caso, por la declaración de nulidad a que se refiere el artículo primero de la presente resolución

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