Transparencia

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Resolución N° 0582-2017-OEFA/DFSAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de DAEWON SUSAN E.I.R.L. y OCEAN FROST S.A.C. (3)
Archivar el presente procedimiento administrativo sancionador a DAEWON SUSAN E.I.R.L (2)

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Resolución N° 0581-2017-OEFA/DFSAI

Archivar el presente procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Piscifactorías de los Andes S.A.

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Resolución N° 0580-2017-OEFA/DFSAI

Se declara fundado el recurso de reconsideración interpuesto por Asesoría Comercial S.A. contra la Resolución Directoral N° 1588-2016-OEFA/DFSAI del 30 de setiembre del 2016 que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por haber realizado el monitoreo ambiental de calidad de aire correspondiente al cuarto trimestre del año 2012 y primer trimestre del año 2013 a través de un laboratorio que no estaba acreditado por el Instituto Nacional de defensa de la Competencia y de la protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI respecto del parámetro Sulfuro de Hidrógeno (H2S).

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Resolución N° 0579-2017-OEFA/DFSAI

Archivar el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra PESQUERA CENTINELA S.A.C.

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Resolución N° 0578-2017-OEFA/DFSAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Tierra Colorada S.A.C. por la comisión de las infracciones indicadas en los numerales 1, 2, 3, 4 y 5 de la Tabla Nº 1; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. No corresponde emitir una medida correctiva debido a que Tierra Colorada S.A.C. ha dado cumplimiento a las medidas correctivas recomendadas en el Informe Final de Instrucción Nº 385-2017-OEFA/DFSAI/SDI.

Descargas | Fecha: 28-04-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 19/06/2018

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Resolución N° 0577-2017-OEFA/DFSAI

Sancionar a Curtiduría El Porvenir S.A. con una multa ascendente a ciento setenta y cinco (175) Unidades Impositivas Tributarias

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Resolución N° 0576-2017-OEFA/DFSAI

Sancionar a Papelera Nacional S.A. con una multa ascendente a ciento setenta y cinco (175) Unidades Impositivas Tributarias

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Resolución N° 0575-2017-OEFA/DFSAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de El Molle Verde S.A.C.

Descargas | Fecha: 28-04-2017| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 19/06/2018

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Resolución N° 0574-2017-OEFA/DFSAI

Declarar el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Newmont Perú S.R.L.

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Resolución N° 0573-2017-OEFA/DFSAI

Declarar el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Compañía de Minas Buenaventura S.A.A.

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Resolución N° 0572-2017-OEFA/DFSAI

Declarar el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Compañía Minera Peñoles de Perú S.A.

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Resolución N° 0571-2017-OEFA/DFSAI

Declarar la responsabilidad administrativa de Anubia S.A.C.

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Resolución N° 0570-2017-OEFA/DFSAI

Archivar el presente procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Piura Gas S.A.C.,

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Resolución N° 0569-2017-OEFA/DFSAI

Se declara el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Compañía Minera Ares S.A.C. de acuerdo a los fundamentos expuestos en la presente resolución

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Resolución N° 0568-2017-OEFA/DFSAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Cridani S.A.C. en Liquidación por la comisión de las infracciones indicadas en los numerales 1 y 2 de la Tabla 1; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. No corresponde emitir una medida correctiva respecto de la conducta infractora 1 de la Tabla 1, debido a que la misma no ha tenido efectos nocivos en el ambiente, los recursos naturales y la salud de las personas o estos no continúan a la fecha; de conformidad con los fundamentos expresados en la parte considerativa de la presente resolución. No corresponde emitir una medida correctiva respecto de la conducta infractora 2 de la Tabla 1 debido a que la misma ha cesado; de conformidad con los fundamentos expresados en la parte considerativa de la presente resolución

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Resolución N° 0567-2017-OEFA/DFSAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Pesquera Hayduk S.A. por la comisión de la infracción indicada en la Tabla 1, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. No corresponde emitir una medida correctiva respecto de la conducta infractora de la Tabla 1, debido a que la misma no ha tenido efectos nocivos en el ambiente, los recursos naturales y la salud de las personas o estos no continúan a la fecha; de conformidad con los fundamentos expresados en la parte considerativa de la presente Resolución

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Resolución N° 0566-2017-OEFA/DFSAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Frutos del Perú S.A. por la comisión de las siguientes infracciones indicadas en los numerales 1 y 2 de la Tabla 1; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. No corresponde emitir una medida correctiva respecto de las conductas infractoras 1 y 2 de la Tabla 1, debido a que las mismas han cesado y no han generado efectos nocivos en el ambiente, los recursos naturales y la salud de las personas, o estos no continúan a la fecha; de conformidad con los fundamentos expresados en la parte considerativa de la presente resolución. Archivar el presente procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Frutos del Perú S.A. por la supuesta infracción que se indica a continuación, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución: No contar con un almacén central de residuos sólidos peligrosos con pisos lisos, de material impermeable y resistente.

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Resolución N° 0565-2017-OEFA/DFSAI

Se declara la existencia de responsabilidad administrativa de Andalucita S.A., al haberse acreditado la comisión de las siguientes infracciones:
(i) El titular minero no implementó un sistema de mitigación de polvo en la tolva de finos de la planta de procesos, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental.
(ii) El titular minero no instaló los piezómetros en el pie del depósito de desmontes, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental.
(iii) El titular minero no implementó un sistema de contención e impermeabilización con geomembrana en el área del almacenamiento de hidrocarburos, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental.
Asimismo, se archiva el presente procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Andalucita S.A. en el extremo referido a:
(i) El titular minero no habría construido canales perimetrales en el depósito de desmontes, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental.
(ii) El titular minero no habría realizado el riego de las áreas de trabajo y las vías de acceso a fin de disminuir la generación de material particulado, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental.
(iii) El titular minero no habría realizado un monitoreo permanente al depósito de desmonte, incumpliendo lo establecido en su instrumento de gestión ambiental.
En aplicación del Numeral 2.2 del Artículo 2º de las Normas reglamentarias que facilitan la aplicación de lo establecido en el Artículo 19º de la Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, aprobadas por Resolución de Consejo Directivo Nº 026-2014-0EFAICD, se declara que no resulta pertinente el dictado de una medida correctiva por las infracciones administrativas del Artículo 6º del Reglamento para la Protección Ambiental en la Actividad Minero-Metalúrgica, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-93-EM en los extremos referido a la falta de implementación de un sistema de mitigación de polvo en la tolva de finos de la planta de procesos, la falta de instalación de piezómetros en el pie del depósito de desmontes, y la falta de implementación de un sistema de contención e impermeabilización con geomembrana en el área del almacenamiento.

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Resolución N° 0564-2017-OEFA/DFSAI

Archivar el presente procedimiento administrativo sancionador iniciado en contra de la Sociedad Minera de Responsabilidad Limitada Ventanilla

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Resolución N° 0563-2017-OEFA/DFSAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Doe Run Perú S.R.L. en Liquidación en Marcha

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