El Registro de Terceros es la relación de especialistas que, de acuerdo a su experiencia y formación académica y profesional, se encuentran facultados para ejercer las actividades de fiscalización ambiental a cargo del OEFA. Solamente podrán participar en los procedimientos de selección y contratación aquellos que se encuentren previamente incorporados en el Registro.
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE TERCEROS
Las solicitudes de inscripción en el Registro de Terceros deberán ser presentadas a través de mesa de partes de la sede central o en cualquiera de las Oficinas Desconcentradas del OEFA, empleando los siguientes formatos:
Anexos I
Anexos II
Anexos III
Las solicitudes serán atendidas en un plazo máximo de (10) diez días hábiles. Las personas naturales podrán solicitar su inscripción en una o más categorías o niveles al mismo tiempo. En caso de estar previamente registrados, podrán solicitar su inscripción en un nivel superior o cambiarse de categoría, mediante la presentación de una nueva solicitud de inscripción. En caso requieran inscribirse en un nivel inferior sin variar de categoría, deberán presentar una solicitud en ese sentido. Toda solicitud deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Nota: En caso de que las personas naturales que se encuentren inscritas en el Registro de Terceros, requieran inscribirse en un nivel inferior sin variar de categoría, solo deberán presentar una solicitud en ese sentido. Se precisa que en el Anexo I los solicitantes deberán indicar la(s) categoría(s) y el(los) nivel(es) en que solicitan ser registrados, de conformidad con los siguientes requisitos mínimos:
La experiencia profesional específica se contabilizará a partir de la obtención del grado de bachiller. En caso de que el solicitante adjunte únicamente la copia de su título profesional, el conteo de la experiencia se efectuará desde la fecha de su emisión.
Los Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores deberán haber concluido estudios superiores universitarios en alguna de las siguientes carreras:
Los Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores deberán contar con experiencia específica en alguna de las siguientes materias, según su especialidad:
Los Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores, como parte de su experiencia específica, deben haber realizado alguna de las siguientes actividades, según corresponda:
Requisitos para la inscripción en el Registro de Terceros
Las personas jurídicas que soliciten su inscripción en el Registro deberán acreditar cuatro (4) evaluadores o supervisores inscritos en el Registro de Personas Naturales como personal permanente, los cuales deben tener la categoría de Evaluador en los niveles E-I, E- II o E-III, o la categoría de Supervisor en los niveles S-I o S-II. Los referidos evaluadores y supervisores no podrán formar parte del equipo de otra persona jurídica ya inscrita. El personal permanente de una persona jurídica no puede ser contratado como eventual en otra persona jurídica. Toda persona jurídica que solicite su inscripción en el Registro deberá presentar, obligatoriamente, la siguiente documentación:
Las personas naturales previamente registradas, que deseen inscribirse en un nivel superior o cambiar de categoría, deberán presentar una nueva solicitud de inscripción. Sin embargo, en caso de que requieran inscribirse en un nivel inferior sin variar de categoría, solo deberán presentar una solicitud en ese sentido. Las personas jurídicas que requieran el traslado del personal permanente de su equipo, deberán adjuntar a su solicitud de modificación:
Se precisa que las solicitudes de modificación serán atendidas en un plazo máximo de cinco días hábiles.
TEXTO CONSOLIDADO DEL REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN DE TERCEROS EVALUADORES, SUPERVISORES Y FISCALIZADORES DEL OEFA
Nueva Escala de Honorarios de las personas naturales contratadas como Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores del OEFA
Otras normas relacionadas con el Régimen de Contratación de Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores del OEFA
Actas de Selección
Registro Histórico
Conformación del Comité de Selección