Lima, 21 de abril del 2015.- A solicitud del OEFA, el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Maynas de la Corte Superior de Justicia de Loreto ha dejado sin efecto la medida cautelar concedida a favor de Pluspetrol Norte S.A., quien había solicitado que no se divulgara el informe técnico (de octubre de 2014) que detalla la existencia de 92 sitios contaminados con hidrocarburos en las cuencas de los ríos Pastaza, Corrientes y Tigre. Tales sitios contaminados se encuentran en el Lote 1-AB, que explota dicha empresa en Loreto.
En el referido informe del OEFA se recomendó que Pluspetrol Norte S.A. incluyera en su Plan de Abandono la remediación de los 92 sitios contaminados y los hallazgos levantados durante la supervisión del lote. Esta recomendación, por cierto, fue acogida posteriormente por el Poder Ejecutivo en el marco de la mesa de diálogo que permitió solucionar el conflicto acaecido en dicha zona. Incluso, el artículo 99 del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, aprobado después de la emisión del informe, validó la recomendación del OEFA, en tanto reconoce que lo identificado por el fiscalizador debe formar parte del Plan de Abandono.
El Primer Juzgado Especializado en lo Civil ha desvirtuado los argumentos señalados por la empresa petrolera, afirmando que la supervisión del OEFA se realizó sin contravenir normas de carácter ambiental.
Con este pronunciamiento, el Poder Judicial vuelve a darle la razón al OEFA con relación a los cuestionamientos presentados por las empresas supervisadas.
Oficina de Comunicaciones y Atención al Ciudadano
OCAC – OEFA
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