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Resolución N° 1665-2016-OEFA/DFSAI
Se declara el cumplimiento de la medida correctiva ordenada a Inversiones Andes Fish S.A.C. mediante Resolución Directoral Nº 648-2016-OEFA/DFSAI del 4 de mayo del 2016, consistente en capacitar al personal responsable de verificar el cumplimiento de las obligaciones ambientales respecto al monitoreo de emisiones, a través de un instructor especializado que acredite conocimiento de la materia.
Descargas | Fecha: 26-10-2016
Resolución N° 1664-2016-OEFA/DFSAI
Se declara el cumplimiento de la medida correctiva ordenada mediante la Resolución Directoral Nº 706-2015-OEFA/DFSAI del 31 de julio del 2015, consistente en que Lima Gas S.A. cumpla con implementar la losa de concreto en el área de maniobra vehicular, ubicada frente a la Plataforma de Envasados de Gas Licuado de Petróleo – Ica, de acuerdo a lo establecido en su estudio de impacto ambiental Proyecto de Instalación de una Planta de Envasado de GLP – Ica, aprobado mediante Resolución Directoral N° 285-2007-MEM/AAE del 20 de marzo del 2007, con la finalidad de evitar impactos negativos al ambiente (suelo y cuerpos de agua cercanos) por el derrame de hidrocarburos, aceites y/o grasas provenientes de los camiones de transporte.
Resolución N° 1663-2016-OEFA/DFSAI
Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por Minera Barrick Misquichilca S.A. contra la Resolución Directoral Nº 1456-2016-OEFA/DFSAI del 23 de setiembre del 2016.Se declara consentida la Resolución Directoral Nº 1456-2016-OEFA/DFSAI del 23 de setiembre del 2016.
Resolución N° 1662-2016-OEFA/DFSAI
Se declara consentida la Resolución Directoral Nº 863-2016-OEFA/DFSAI del 21 de junio del 2016
Resolución N° 1661-2016-OEFA/DFSAI
Se concede el recurso de apelación interpuesto por Petróleos del Perú - Petroperú S.A. contra la Resolución Directoral N° 1476-2016-OEFA/DFSAI del 27 de septiembre del 2016.
Resolución N° 1660-2016-OEFA/DFSAI
Se declara consentida la Resolución Directoral N° 1300-2016-OEFA/DFSAI del 31 de agosto del 2016.
Resolución N° 1659-2016-OEFA/DFSAI
Se declara consentida la Resolución Directoral N° 1307-2016-OEFA/DFSAI del 31 de agosto del 2016.
Descargas | Fecha: 25-10-2016
Resolución N° 1658-2016-OEFA/DFSAI
Se concede el recurso de apelación interpuesto por Sociedad Anónima Papelsa contra la Resolución Directoral N° 1505-2016-OEFA/DFSAI del 29 de setiembre del 2016.
Resolución N° 1657-2016-OEFA/DFSAI
Se concede el recurso de apelación interpuesto por Pluspetrol Norte S.A. contra la Resolución Directoral Nº 1513-2016-OEFA/DFSAI del 29 de setiembre del 2016
Resolución N° 1656-2016-OEFA/DFSAI
Se declara consentida la Resolución Directoral Nº 1472-2016-OEFA/DFSAI del 26 de setiembre del 2016
Resolución N° 1655-2016-OEFA/DFSAI
Se concede el recurso de apelación interpuesto por Manuel Igreda y Julio Ríos S.R.L. contra la Resolución Directoral Nº 1573-2016-OEFA/DFSAI del 30 de setiembre del 2016.
Resolución N° 1654-2016-OEFA/DFSAI
Se declara la existencia de responsabilidad administrativa de Multiservicios Aurora E.I.R.L. por la comisión de las siguientes infracciones:(i) No realizó el monitoreo de calidad de aire en todos los parámetros establecidos en su instrumento de gestión ambiental durante el tercer y cuarto trimestre del año 2012, toda vez que no consideró los parámetros de Ozono (O3), Dióxido de Nitrógeno (NO2), Benceno, Hidrocarburos Totales (HT), Material Particulado con diámetro menor a 2,5 micras (PM2.5) y Plomo (Pb) y durante el primer y segundo trimestre de 2013 no consideró los parámetros de Ozono (O3), Dióxido de Nitrógeno (NO2), Benceno, Hidrocarburos Totales (HT), Material Particulado con diámetro menor a 2,5 micras (PM2.5); conducta que infringe el Artículo 9° del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos aprobado por Decreto Supremo N° 015-2006-EM.(ii) No realizó el monitoreo de ruido con un sonómetro debidamente calibrado por una entidad autorizada por INDECOPI, durante el tercer y cuarto trimestre del año 2012 y primer y segundo trimestre del año 2013; conducta que infringe el Artículo 58° del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2006-EM.Asimismo, se declara que no resulta pertinente ordenar una medida correctiva en el presente procedimiento, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la resolución, y de conformidad con lo previsto en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Texto Único Ordenado del Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 045-2015-OEFA/PCD.De otro lado, se archiva el presente procedimiento administrativo sancionador a Multiservicios Aurora E.I.R.L. en el extremo referido a que no habría realizado el monitoreo ambiental de calidad de aire correspondiente al tercer y cuarto trimestre del año 2012 y al primer y segundo trimestre del año 2013 con un laboratorio acreditado por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI.
Descargas | Fecha: 24-10-2016
Resolución N° 1653-2016-OEFA/DFSAI
Se declara la existencia de responsabilidad administrativa de Grifo Tabalosos E.I.R.L., por no contar con un registro de residuos sólidos en general en su establecimiento; conducta que incumple el Artículo 50° del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos aprobado por Decreto Supremo N° 015-2006-EM.En aplicación de la Única Disposición Complementaria Transitoria del Texto Único Ordenado del Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 045-2015-OEFA/PCD, se declara que no corresponde el dictado de medidas correctivas.
Resolución N° 1652-2016-OEFA/DFSAI
Se declara la existencia de responsabilidad administrativa del señor Demetrio Arias Arzapalo al haber quedado acreditado que no remitió los Manifiestos de Manejo de Residuos Sólidos Peligrosos de los 23,5 kilogramos de residuos industriales peligrosos generados en el año 2012; conducta que contraviene lo dispuesto en el Artículo 48° del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2006-EM, en concordancia con los Artículos 42° y 43º del Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM.En aplicación de la Única Disposición Complementaria Transitoria del Texto Único Ordenado del Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 045-2015-OEFA/PCD, se declara que no resulta pertinente el dictado de medidas correctivas, toda vez que se ha verificado que ha subsanado la conducta infractora.
Resolución N° 1651-2016-OEFA/DFSAI
Se declara consentida la Resolución Directoral N° 1081-2016-OEFA/DFSAI del 27 de julio del 2016.
Resolución N° 1650-2016-OEFA/DFSAI
Se concede el recurso de apelación interpuesto por Petróleos del Perú – Petroperú S.A. contra la Resolución Directoral N° 1455-2016-OEFA/DFSAI del 23 de setiembre del 2016.
Resolución N° 1649-2016-OEFA/DFSAI
Se declara la existencia de responsabilidad administrativa de Electro Oriente S.A. por la comisión de las siguientes infracciones administrativas:(i) Dispuso un grupo electrógeno y cinco transformadores en desuso sobre el suelo sin un sistema de contención para posibles derrames, lo cual genera un efecto potencial negativo sobre el ambiente; conducta que incumple el Artículo 33° del Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 029-94-EM, en concordancia con el Literal h) del Artículo 31° del Decreto Ley N° 25844 – Ley de Concesiones Eléctricas; y, (ii) Realizó actividades de abandono en la Central Térmica Yurimaguas sin contar con un Plan de Abandono previamente aprobado por la autoridad competente; conducta que incumple el Artículo 24.1° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente y el Artículo 31° del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, en concordancia con el Literal h) del Artículo 31° del Decreto Ley N° 25844 - Ley de Concesiones Eléctricas.
Resolución N° 1648-2016-OEFA/DFSAI
Se concede el recurso de apelación interpuesto por Compañía Pesquera del Pacifico Centro S.A. contra la Resolución Directoral Nº 1482-2016-OEFA/DFSAI del 27 de setiembre del 2016.
Descargas | Fecha: 20-10-2016
Resolución N° 1647-2016-OEFA/DFSAI
Se concede el recurso de apelación interpuesto por Petróleos del Perú - Petroperú S.A. contra la Resolución Subdirectoral Nº 1409-2016-OEFA/DFSAI/SDI del 8 de setiembre del 2016.
Resolución N° 1646-2016-OEFA/DFSAI
Se declara improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por Supergrifos Aurelia S.A.C. contra la Resolución Directoral Nº 1418-2016-OEFA/DFSAI del 16 de setiembre del 2016.Se declara consentida la Resolución Directoral Nº 1418-2016-OEFA/DFSAI del 16 de setiembre del 2016.
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