Saldos de Balance

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Resolución N° 523-2016-OEFA/DFSAI

Se concede el recurso de apelación por Compañía Minera Miski Mayo S.R.L. contra la Resolución Directoral N° 356-2016-OEFA/DFSAI del 15 de marzo del 2016.

Descargas | Fecha: 19-04-2016

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Resolución N° 522-2016-OEFA/DFSAI

Se declara la responsabilidad administrativa de Trans Chávez S.R.L. debido a la comisión de las siguientes infracciones:
(i) No presentó el Manifiesto de Manejo de Residuos Sólidos generado de las acciones de remediación del área afectada por el derrame de hidrocarburos ocurrido el 8 de enero del 2012, dentro de los primeros quince (15) días del mes de marzo del 2012, conducta que vulnera lo dispuesto en el Artículo 48° del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por el Decreto Supremo N° 015-2006-EM, en concordancia con el Artículo 37° de la Ley N° 27314, Ley General de Residuos Sólidos y el Artículo 43° del Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado por el Decreto Supremo N° 057-2004-PCM.
(ii) Realizó la disposición de los residuos sólidos generados de las acciones de remediación del área afectada por el derrame de hidrocarburos ocurrido el 8 de enero del 2012, a través de una Empresa Prestadora de Servicios de Residuos Sólidos (EPS-RS) que no contaba con autorización vigente, conducta que vulnera lo dispuesto en el Artículo 48° del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por el Decreto Supremo N° 015-2006-EM, en concordancia con el Artículo 16° de la Ley N° 27314, Ley General de Residuos Sólidos.
Asimismo, se ordena a Trans Chávez S.R.L. como medida correctiva que cumpla con en un plazo no mayor a cuarenta (40) días hábiles contado a partir del día siguiente de notificada la presente resolución, con acreditar que cuenta con los servicios de una Empresa Prestadora de Servicios de Residuos Sólidos (EPS-RS) o una Empresa Comercializadora de Residuos Sólidos (EC-RS) para que efectúe las acciones de disposición final de los mismos, provenientes de sus operaciones.
Para acreditar el cumplimiento de la mencionada medida correctiva, deberá remitir a la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del OEFA, en un plazo de cinco (5) días hábiles contado desde el día siguiente de vencido el plazo para cumplir con la medida correctiva, copia de la correspondiente constancia de inscripción en el Registro de Empresas Prestadoras de Servicios de Residuos Sólidos (EPS-RS) o en el Registro de Empresas Comercializadoras de Residuos Sólidos (EC-RS) de la Dirección General de Salud Ambiental – DIGESA, contratos, u otros medios probatorios que acrediten que actualmente Trans Chávez S.R.L. realiza la disposición final de sus residuos sólidos peligrosos a través de una EPS-RS o EC-RS autorizada.

Descargas | Fecha: 18-04-2016

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Resolución N° 521-2016-OEFA/DFSAI

Se declara consentida la Resolución Directoral N° 344-2016-OEFA/DFSAI del 11 de marzo del 2016.

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Resolución N° 520-2016-OEFA/DFSAI

Se declara consentida la Resolución Directoral N° 154-2016-OEFA/DFSAI del 1 de febrero del 2016.

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Resolución N° 519-2016-OEFA/DFSAI

Se declara improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por Compañía Diesel Gas S.C.R.L. contra la Resolución Directoral Nº 199-2016-OEFA/DFSAI del 11 de febrero del 2016.
Se declara consentida la Resolución Directoral Nº 199-2016-OEFA/DFSAI del 11 de febrero del 2016.

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Resolución N° 518-2016-OEFA/DFSAI

Se declara consentida la Resolución Directoral Nº 712-2015-OEFA/DFSAI del 31 de julio del 2015

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Resolución N° 517-2016-OEFA/DFSAI

Se declara consentida la Resolución Directoral Nº 712-2015-OEFA/DFSAI del 31 de julio del 2015

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Resolución N° 516-2016-OEFA/DFSAI

Se declara consentida la Resolución Directoral Nº 1303-2015-OEFA/DFSAI del 31 de diciembre del 2015

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Resolución N° 515-2016-OEFA/DFSAI

Se archiva el presente procedimiento administrativo sancionador seguido contra Minera Yanacocha S.R.L. por los supuestos incumplimientos a los Literales a) y c) del Numeral 7.2 del Artículo 7° del Reglamento Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2008-EM, en tanto se ha producido la ruptura del nexo causal por hecho determinante de tercero.

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Resolución N° 514-2016-OEFA/DFSAI

Se concede el recurso de apelación interpuesto por Corporación de Ingeniería de Refrigeración S.R.L. contra la Resolución Directoral Nº 353-2016-OEFA/DFSAI del 15 de marzo del 2016.

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Resolución N° 513-2016-OEFA/DFSAI

Se declara consentida la Resolución Directoral N° 348-2016-OEFA/DFSAI del 11 de marzo del 2016.

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Resolución N° 512-2016-OEFA/DFSAI

Se concede el recurso de apelación interpuesto por Proveedora de Productos Marinos S.A.C. contra la Resolución Directoral Nº 271-2016-OEFA/DFSAI del 26 de febrero del 2016.

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Resolución N° 511-2016-OEFA/DFSAI

Se declara la existencia de responsabilidad administrativa del señor Jaime Sánchez Noriega por la comisión de las siguientes infracciones:
(i) Durante el primer trimestre del año 2012, no realizó el monitoreo ambiental de calidad de aire en en todos los parámetros establecidos en su instrumento de gestión ambiental, al no haber incluido el parámetro Dióxido de Nitrógeno (NO2).
(ii) Durante el primer trimestre del año 2012, no realizó el monitoreo ambiental de calidad de aire con un laboratorio acreditado por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI.
Asimismo, se ordena al señor Jaime Sánchez Noriega como medidas correctivas lo siguiente:
(i) En un plazo no mayor de cincuenta y cuatro (54) días hábiles contado a partir del día siguiente de notificada la presente resolución, deberá acreditar la realización del monitoreo ambiental de calidad de aire correspondiente al trimestre siguiente de notificada la presente resolución, en todos los parámetros establecidos en su instrumento de gestión ambiental aprobado.
Para acreditar el cumplimiento de la medida correctiva ordenada, el señor Jaime Sánchez Noriega deberá remitir a la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles contado a partir del día siguiente de vencido el plazo para el cumplimiento de la medida correctiva, copia del Informe de Monitoreo de calidad de aire adjuntando el reporte de ensayo de laboratorio con los resultados de la medición de todos los parámetros establecidos en el instrumento de gestión ambiental.
(ii) En un plazo no mayor de treinta días (30) días hábiles contado a partir del día siguiente de notificada con la presente resolución, deberá capacitar al personal responsable de verificar el cumplimiento del marco normativo legal ambiental vigente en temas de monitoreo ambiental a través de un instructor especializado que acredite conocimiento de la materia.
Para acreditar el cumplimiento de la mencionada medida correctiva, el señor Jaime Sánchez Noriega deberá remitir a la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, en un plazo de cinco (5) días hábiles contado a partir del día siguiente de vencido el plazo para el cumplimiento de la medida correctiva, el programa de capacitación impartido, copia del registro firmado por los participantes de la capacitación donde se indique el área a la que pertenecen, copia de las diapositivas de la capacitación, copia de los certificados y/o constancias emitidas por los responsables de la capacitación y el currículum vitae o copia de los documentos que acrediten la especialización del instructor.

Descargas | Fecha: 15-04-2016

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Resolución N° 510-2016-OEFA/DFSAI

Se declara consentida la Resolución Directoral N° 322-2016-OEFA/DFSAI del 8 de marzo del 2016.

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Resolución N° 509-2016-OEFA/DFSAI

Se declara consentida la Resolución Directoral Nº 280-2016-OEFA/DFSAI del 29 de febrero del 2016

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Resolución N° 508-2016-OEFA/DFSAI

Se declara consentida la Resolución Directoral Nº 274-2016-OEFA/DFSAI del 29 de febrero del 2016

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Resolución N° 507-2016-OEFA/DFSAI

Se declara consentida la Resolución Directoral N° 277-2016-OEFA/DFSAI del 29 de febrero del 2016.

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Resolución N° 506-2016-OEFA/DFSAI

Se declara consentida la Resolución Directoral Nº 147-2016-OEFA/DFSAI del 29 de enero del 2016

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Resolución N° 505-2016-OEFA/DFSAI

Se declara consentida la Resolución Directoral Nº 289-2016-OEFA/DFSAI del 29 de febrero del 2016

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Resolución N° 504-2016-OEFA/DFSAI

Se rectifica el error material y declara consentida la Resolución Directoral Nº 1308-2015-OEFA/DFSAI del 31 de diciembre del 2015

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