Resoluciones de Presidencia del Consejo Directivo

La Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos informa:
En el correlativo de las resoluciones directorales, debido a un error en la numeración, se han excluido los números (73, 76, 82, 386, 424, 428, y del 432 al 436), los cuales no han sido asignados a resolución alguna.

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Resolución Nº 284-2014-OEFA/DFSAI

Se archiva el procedimiento administrativo sancionador inciado contra Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. por el hecho de no haber comunicado la presunta emergencia ambiental ocurrida el 24 demayo de 2012 a la autoridad competente, y por no haber presentado el informe de investigación de accidente ambiental dentro de los 10 dias calendarios de ocurrido el hecho.

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Resolución Nº 283-2014-OEFA/DFSAI

Se sanciona a Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. al haberse acreditado la comisión de las siguientes infracciones:(i) No cumplir la Recomendación N° 10 formulada durante la supervisión regular del año 2009 en las instalaciones de la Unidad Económica Administrativa “Cerro Verde 1, 2, 3” referida a la implementación de instalaciones mínimas en la infraestructura de disposición final de residuos sólidos.(ii) No cumplir con lo establecido en la segunda modificación del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “Desarrollo del Tajo Cerro Negro” respecto a la presentación de resultados al Ministerio de Energía y Minas del monitoreo de calidad de agua subterránea de las estaciones MA-40 y MW-HRN.Sancion 12 UIT.

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Resolución Nº 282-2014-OEFA/DFSAI

Se archiva el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la compañía minera Milpo S.A.A. por las siguientes presuntas infracciones:(i) Realizar la deposición final de sus desechos domésticos en el micro relleno sanitario, sin tener opinión favorable de la Dirección General de Salud Ambiental en esta infraestructura.(ii)Incumplimiento a lo establecido en el Estudio de Impacto Ambiental aprobado mediante Resolución Directoral N° 204-2007-MEM/AAM, referido a no contar con canales de coronación en el depósito de relaves.(iii)Incumplimineto a lo establecido en el Estudio de Impacto Ambiental aprobado mediante Resolución Directoral N° 204-2007-MEM/AAM en tanto el depósito de desmontes no cuenta con estructuras hidráulicas, ni esta impermeabilizado.

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Resolución Nº 281-2014-OEFA/DFSAI

Se sanciona a la empresa Brata S.R.L. por la comisión de las siguientes infracciones:(i) No contar con un Registro de Residuos Sólidos que consigne la cantidad de residuos generados.(ii) No realizar los monitoreos de emisiones gaseosas correspondientes al primer, segundo, tercer y cuarto trimestre del año 2010, en el parámetro H2S, de conformidad con lo establecido en su Declaración de Impacto Ambiental.(iii) La información consignada en el Registro de Residuos Sólidos del año 2010 no concuerda con la contenida en la Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos del mismo año, al haber sido elaborados de manera deficiente e inexacta.Sanción: 4.28 UIT

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Resolución Nº 280-2014-OEFA/DFSAI

Se sanciona a la empresa Grifos Espinoza S.A. por las siguientes conductas infractoras:(i) No haber realizado los monitoreos de ruido correspondientes al primer, segundo y tercer trimestre del año 2010, de conformidad con lo señalado en su Declaración de Impacto Ambiental.(ii)No haber realizado los monitoreos de calidad de aire correspondientes al primer, segundo, tercer y cuarto trimestre del año 2010, de conformidad con lo señalado en su Declaración de Impacto Ambiental.Sanción: 2.38 UIT.

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Resolución Nº 279-2014-OEFA/DFSAI

Se archiva el procedimiento administrativo sancionador inciado contra Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. sobre supuesto incumplimiento de compromiso ambiental no estipulado en la versión aprobada del instrumento de gestión ambiental.

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Resolución Nº 278-2014-OEFA/DFSAI

Se sanciona a Actividades Pesqueras por haber incurrido en las siguientes infracciones:(i)No haber cumplido con efectuar el monitoreo de efluentes correspondiente al periodo 2012-I, compromiso establecido en su Plan Ambiental Complementario Pesquero (PACPE)(ii)No haber cumplido con presentar ante la autoridad competente el Reporte de Monitoreo de efluentes correspondiente al periodo 2012-I, conforme a lo establecido en su PACPE.(iii)No haber implementado un tanque pulmón para el almacenamiento de efluentes dentro de plazo establecido en su Cronograma de implementación del PACPE.(iv)No acondicionar y almacenar de forma segura, sanitaria y ambientalmente adecuada, los residuos sólidos, previo a su entrega a la EPS-RS, a la EC-RS o a la municipalidad.(v)No cuenta con un almacen central para residuos peligrosos en su establecimiento industrial pesquero.Sanción: 65.08 UIT.

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Resolución Nº 277-2014-OEFA/DFSAI

Se concede el recurso de apelación interpuesto por Gas Corp Perú S.A.C. contra la Resolución Directoral No 177-2014-OEFA/DFSAI del 31 de marzo de 2014.

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Resolución Nº 276-2014-OEFA/DFSAI

Se sanciona a Administradora Cerro S.A.C. por la comisión de las siguientes infracciones:(i) Descargar por dos tuberías desde la Planta de Tratamiento de Neutralización.(ii) No contar con un sistema de contingencias ante posibles derrames en el sistema de trasporte por tuberías de los relaves de las plantas concentradoras Paragsha y San Expedito y la tubería que transporta los lodos desde la Planta de Neutralización al depósito de relaves de Ocroyoc.(iii) Disponer inadecuadamente los residuos sólidos domésticos, ubicados en el depósito de desmonte Rumiallana.(iv) No rotular los recipientes de disposición temporal de residuos sólidos en el sector de Ocroyoc y Rumiallana.Sanción: 21.90 UIT

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Resolución Nº 275-2014-OEFA/DFSAI

Se sanciona a la Compañía Minera Antamina S.A. al haberse acreditado la comisión de la siguiente infracción:(i) El titular minero no evitó ni impidió el derrame de relaves originado en el interior de la planta concentradora, el cual se extendió hacia el exterior por la puerta N° 10, afectando cincuenta (50) metros aproximadamente fuera de la referida planta, conducta establecida en el artículo 5º del Decreto Supremo N° 016-93-EM, que aprueba el Reglamento para la Protección Ambiental en la Actividad Minero Metalúrgica; y, tipificada de acuerdo al numeral 3.1 del punto 3 del Anexo de la Resolución Ministerial N° 353-2000-EM/VMM, que aprueba la escala de multas y penalidades a aplicarse por incumplimiento de disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería y sus normas reglamentarias. Sanción: Amonestación.

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Resolución Nº 274-2014-OEFA/DFSAI

Se declara el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Empresa Administradora Chungar S.A.C.

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Resolución Nº 273-2014-OEFA/DFSAI

Se sanciona a la Empresa Minera Los Quenuales S.A. al haberse acreditado la comisión de la siguiente infracción:El titular minero presentó el reporte de monitoreo de efluentes líquidos minero metalúrgicos correspondiente al cuarto trimestre del año 2010 , el primer y segundo trimestre del año 2011, fuera del plazo establecido en la norma vigente, conducta tipificada como infracción administrativa en el artículo 10º de la Resolución Ministerial N° 011-96-EM/VMM, que aprueba los Niveles Máximos Permisibles para Efluentes Minero-Metalúrgicos; y, sancionable por el numeral 1.1 del rubro 1, “Obligaciones” del Anexo de la Resolución Ministerial N° 353-2000-EM/VMM, Escala de multas y penalidades a aplicarse por incumplimiento de disposiciones del T.U.O. de la Ley General de Minería y sus normas reglamentarias. Sanción : Amonestación

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Resolución Nº 272-2014-OEFA/DFSAI

Se declara el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Compañía de Minas Buenaventura S.A.A.

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Resolución Nº 271-2014-OEFA/DFSAI

Se declara el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la señora Genara Lida Rodríguez Rodríguez.

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Resolución Nº 270-2014-OEFA/DFSAI

Se sanciona a la empresa Grifo San Ignacio S.A.C. por la comisión de las siguientes infracciones:(i) No haber realizado programas regulares de mantenimiento con el fin de minimizar riesgos de fugas y derrames en el tanque de gasolina de 90 octanos.(ii) No haber realizado actividades de rehabilitación de suelos en el área afectada por el derrame del tanque de gasolina de 90 octanos. Sanción 14.72 UIT.

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Resolución Nº 269-2014-OEFA/DFSAI

Se declara el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa Consorcio Terminales.

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Resolución Nº 268-2014-OEFA/DFSAI

Se sanciona a Planta de Hidrocarburos del Centro S.A.C. por no presentar la Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos del año 2011 ni el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del año 2012, correspondientes a su Planta de Ventas Plus Service dentro del plazo legal, conductas tipificadas como infracción administrativa en el artículo 37° de la Ley N° 27314, Ley General de Residuos Sólidos y el artículo 115° del Decreto Supremo N° 057-2004-PCM, Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos; y, sancionable por el numeral 1.4 de la Tipificación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN, aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 028-2003- OS/CD. Sanción 3.10 UIT.

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Resolución Nº 267-2014-OEFA/DFSAI

Se declara el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Minera Chinalco S.A.

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Resolución Nº 266-2014-OEFA/DFSAI

Se declara el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Compañía de Minas Buenaventura S.A.A.

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Resolución Nº 265-2014-OEFA/DFSAI

Se sanciona a la Compañía Minera Atacocha S.A. al haberse acreditado la comisión de las siguientes infracciones:(i) El titular minero presentó el reporte de monitoreo de efluentes líquidos minero metalúrgicos correspondiente al tercer trimestre del año 2010 fuera del plazo establecido en la norma vigente, conducta tipificada como infracción administrativa en el artículo 10º de la Resolución Ministerial N° 011-96-EM/VMM, que aprueba los Niveles Máximos Permisibles para Efluentes Minero-Metalúrgicos; y, sancionable por el numeral 1.1 del rubro 1, “Obligaciones” del Anexo de la Resolución Ministerial N° 353-2000-EM/VMM, Escala de multas y penalidades a aplicarse por incumplimiento de disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería y sus normas reglamentarias.(ii) El titular minero presentó el reporte de monitoreo de emisiones minero metalúrgicas correspondiente al tercer trimestre del año 2010 fuera del plazo establecido en la norma vigente, conducta tipificada como infracción administrativa en el artículo 11º de la Resolución Ministerial N° 315-96-EM/VMM, que aprueba los Niveles Máximos Permisibles de elementos y compuestos presentes en emisiones gaseosas provenientes de las unidades minero-metalúrgicas; y, sancionable por el numeral 1.1 del rubro 1, “Obligaciones” del Anexo de la Resolución Ministerial N° 353-2000-EM/VMM, Escala de multas y penalidades a aplicarse por incumplimiento de disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería y sus normas reglamentarias. Sancion: Amonestación

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