La función supervisora a las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA) comprende la facultad de realizar acciones de seguimiento y verificación del desempeño de las funciones de fiscalización a cargo de las EFA de ámbito nacional, regional o local. Dicha función está a cargo de la Subdirección de Seguimiento de Entidades de Fiscalización Ambiental de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental del OEFA.
Las EFA son aquellas entidades públicas de ámbito nacional, regional o local que tienen atribuidas alguna o todas las acciones de fiscalización ambiental, en sentido amplio.
El Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (Sinefa) fue creado mediante la Ley N° 29325, en el año 2009. Posteriormente, en el año 2013 fue modificado por la Ley N° 30011, con la finalidad de articular las funciones de fiscalización ambiental de escala nacional, regional y local. Dicho sistema está conformado por el OEFA —como ente rector—, el Ministerio del Ambiente y las EFA de los tres niveles de gobierno.
El Régimen Común de Fiscalización Ambiental En el marco del SINEFA, se crea el Régimen Común de Fiscalización Ambiental, un instrumento normativo que establece los lineamientos, principios y bases comunes de la fiscalización ambiental en el Perú, así como las disposiciones que deben cumplir las EFA. Dicho régimen, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 247-2013-MINAM, busca garantizar una fiscalización ambiental homogénea, eficaz, eficiente y coordinada. Los detalles de esta normativa están disponibles en la publicación El Régimen Común de Fiscalización Ambiental:
El Reglamento de Supervisión del OEFA
Reglamento de Supervisión
Plan Anual de Evaluacion y Fiscalización Ambiental - PLANEFA
Aplicativos
Registro del Plan Anual de Evaluacion y Fiscalización Ambiental PLANEFA
Reporte trimestral sobre la ejecución de actividades de fiscalización ambiental realizadas a la pequeña minería y minería artesanal