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RESOLUCION N° 249-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

Se confirma la Resolución Directoral N° 0850-2018-OEFA/DFAI del 30 de abril de 2018 y la Resolución Directoral N° 2753-2018-OEFA/DFAI del 15 de noviembre de 2018, en el extremo que imputó y declaró la existencia de responsabilidad administrativa de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio S.A. – Hidrandina S.A. por la comisión de la conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1 de la presente Resolución; quedando agotada la vía administrativa.

Descargas | Fecha: 24-05-2019| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 21/06/2019

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RESOLUCION N° 248-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral N° 009-2019-OEFA/DFAI del 14 de enero de 2019, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Esmeralda Corp S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 2137-2018-OEFA/DFAI que declaró la existencia de responsabilidad administrativa, de Esmeralda Corp S.A.C. por la comisión de la conducta infractora N° 2 del Cuadro N° 1 de la presente Resolución, así como de la medida correctiva impuesta, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma.

Asimismo, se revoca la Resolución Directoral N° 2137-2018-OEFA/DFAI, en el extremo que ordenó a Esmeralda Corp. S.A.C. el cumplimiento de la medida correctiva descrita en el cuadro Nº 2 de la presente resolución.

Descargas | Fecha: 24-05-2019| Fecha de publicación en el portal de transparencia: 20/06/2019

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RESOLUCION N° 247-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral N° 3370-2018-OEFA/DFAI del 31 de diciembre de 2018, que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. por la comisión de la conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1 de la presente Resolución, en todos sus extremos, así como la imposición de la sanción de multa ascendente a 0.96 UIT, quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCION N° 246-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral Nº 380-2019-OEFA/DFAI del 27 de marzo de 2019, a través de la cual se declaró la improcedencia del recurso de reconsideración interpuesto por Curtiembre Turpo S.R.L. contra la Resolución Directoral Nº 2560-2018-OEFA/DFAI del 29 de octubre de 2018, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución; quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCION N° 245-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral Nº 257-2019-OEFA/DFAI del 28 de febrero de 2019, que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Cal & Cemento Sur S.A., por la comisión de la conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1 de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la misma; quedando agotada la vía administrativa.

Finalmente, se revoca la Resolución Directoral N° 257-2019-OEFA/DFAI, en el extremo que sancionó a Cal & Cemento Sur S.A. con una multa ascendente a uno con 71/100 (1.71) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), reformándola con una multa ascendente a 0.89 UIT.

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RESOLUCION N° 244-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se declara infundada la solicitud de aclaración formulada por Infraestructura y Energías del Perú S.A.C. respecto a la Resolución N° 0110-2019-OEFA/TFA-SMEPIM del 28 de febrero de 2019, dado que no existe un concepto oscuro o dudoso que precisar en la citada resolución.

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RESOLUCION N° 243-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral N° 105-2019-OEFA/DFAI del 4 de febrero de 2019, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral N° 3022-2018-OEFA/DFAI, del 30 de noviembre de 2018, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Petrotal Perú S.R.L. (anteriormente, Gran Tierra Energy S.R.L.) por la comisión de la conducta infractora señalada en el Cuadro N° 1 de la presente resolución y en el extremo que ordenó el cumplimiento de la medida correctiva señalada en el Cuadro N° 2, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Asimismo, se confirma la Resolución Directoral N° 105-2019-OEFA/DFAI del 4 de febrero de 2019, que declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral N° 3022-2018-OEFA/DFAI, del 30 de noviembre de 2018, en el extremo que sancionó a Petrotal Perú S.R.L. (anteriormente, Gran Tierra Energy S.R.L.) con una multa ascendente a cincuenta y seis con 24/100 Unidades Impositivas Tributarias (56.24 UIT).

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RESOLUCION N° 242-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se declara la nulidad de la Resolución Subdirectoral N° 2525-2018-OEFA/DFAI/SFEM del 27 de agosto de 2018 y de la Resolución Directoral N° 3232-2018-OEFA/DFAI del 28 de diciembre de 2018, a través de las cuales se imputó y, posteriormente, se declaró la responsabilidad administrativa de Pluspetrol Norte S.A. por la comisión de la conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, al haber sido emitidas vulnerando los principios de legalidad, irretroactividad y debido procedimiento, configurándose la causal prevista en el numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, debiéndose retrotraer el procedimiento al momento en el que el vicio se produjo.

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RESOLUCION N° 241-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por Sol del Perú Alloys S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 00211-2019-OEFA/DFAI del 20 de febrero de 2019, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa

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RESOLUCION N° 240-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral N° 3211-2018-OEFA/DFAI del 21 de diciembre de 2018, que declara improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por el administrado contra la Resolución Directoral N° 2629-2018-OEFA/DFAI del 31 de octubre de 2018; y, en consecuencia, se declara agotada la vía administrativa.

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RESOLUCION N° 239-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se declara la nulidad de la Resolución Subdirectoral N° 2833-2018-OEFA-DFAI/SFEM, emitida el 26 de octubre de 2018, que amplió el plazo de caducidad del presente procedimiento, y la Resolución Directoral N° 2976-2018-OEFA/DFAI del 30 de noviembre de 2018, que declaró la responsabilidad administrativa de Luz del Sur S.A.A. por la comisión de las conductas infractoras descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, toda vez que se ha vulnerado el principio de legalidad.

Asimismo, se declara la caducidad administrativa del presente procedimiento administrativo sancionador y, en consecuencia, se ordena que se proceda a su archivo, dejando a salvo la adopción de las medidas que correspondan por parte de la Subdirección de Fiscalización en Energía y Minas.

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RESOLUCION N° 238-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral N° 3005-2018-OEFA/DFAI del 30 de noviembre de 2018, a través de la cual se determinó la existencia de responsabilidad administrativa de Sociedad Minera El Brocal S.A.A., por la comisión de la conducta infractora N° 1 detallada en el Cuadro N° 1 de la presente Resolución.

Finalmente, se revoca la Resolución Directoral N° 3005-2018-OEFA/DFAI del 30 de noviembre de 2018, en el extremo a través del cual ordenó a Sociedad Minera El Brocal S.A.A., el cumplimiento de las medidas correctivas N° 1 y 2 del Cuadro N° 2 de la presente resolución.

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RESOLUCION N° 237-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral N° 3006-2018-OEFA/DFAI del 30 de noviembre de 2018, que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de Compañía Minera Santa Luisa S.A., por la comisión de las conductas infractoras descritas en los numerales 1, 2 y 3 del Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa, quedando agotada la vía administrativa.

Asimismo, se dispone que el monto de la multa impuesta en la Resolución Directoral N° 3006-2018-OEFA/DFAI del 30 de noviembre de 2018, ascendente a 0.09 Unidades Impositivas Tributarias, sea depositado conforme lo señalado en el artículo segundo de la presente resolución.

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RESOLUCION N° 236-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral N° 262-2019-OEFA/DFAI del 28 de febrero de 2019, en el extremo que declaró la existencia de responsabilidad administrativa por parte de Refinería La Pampilla S.A.A. por:

- Incumplir lo establecido en su instrumento de gestión ambiental, al no realizar los monitoreos ambientales de emisiones gaseosas, calidad de aire y ruido ambiental, incumpliendo lo establecido en sus instrumentos de gestión ambiental.

- Exceder los Límites Máximos Permisibles para Efluentes Líquidos durante el mes de agosto del 2015, respecto del parámetro aceites y grasas en la estación de monitoreo E-4.

Asimismo, se revoca la Resolución Directoral N° 262-2019-OEFA/DFAI del 28 de febrero de 2019, en el extremo que ordenó la medida correctiva indicada en el Cuadro N° 2 de la presente resolución.

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RESOLUCION N° 235-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral N° 176-2018-OEFA/DFAI del 30 de noviembre de 2018, que declaró infundado
el recurso de reconsideración interpuesto por Empresa Petrolera Unipetro ABC S.A.C., contra la Resolución Directoral
N° 1155-2017-OEFA/DFAI del 4 de octubre de 2017, a través de la cual se declaró la existencia de su responsabilidad
administrativa, en razón que dicho administrado no adoptó las medidas para prevenir los impactos ambientales negativos
generados en el suelo como consecuencia de fugas y/o liqueos de hidrocarburos provenientes de la línea de flujo y
la válvula de transferencia de la Batería 175, Manifold de Campo N° 401 (Batería 401), así como del bombeo efectuado
en los Pozos 3310, 13405 (fotografía 16), 4725, 3524, 7334 y 3623; toda vez que durante las acciones de supervisión
se verificaron suelos con presencia de hidrocarburos; configurando una infracción a lo establecido en el artículo 3°
del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo
N° 015-2006-EM, en concordancia con el artículo 74° y el numeral 75.1 del artículo 75° de la Ley 28611, Ley General del Ambiente.

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RESOLUCION N° 234-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral N° 04-2019-OEFA/DSEM del 18 de enero de 2019, en el extremo que ordenó el cumplimiento de la medida preventiva N° 3 prevista en el artículo 1° de su parte resolutiva, quedando agotada la vía administrativa.

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RESOLUCION N° 233-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral N° 3271-2018-OEFA/DFAI del 31 de diciembre de 2018, a través de la cual se determinó el incumplimiento por parte de Oldim S.A. de la medida correctiva N° 1 impuesta mediante Resolución Directoral N° 462-2018-OEFA-DFAI del 23 de marzo de 2018, así como la multa impuesta ascendente a Dieciocho y 997/1000 Unidades Impositivas Tributarias (18.997 UIT).

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RESOLUCION N° 232-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral N° 3000-2018-OEFA/DFAI del 30 de noviembre de 2018, que declaró la existencia de responsabilidad administrativa de CNPC Perú S.A. por la comisión de las conductas infractoras N° 1 y 2° descritas en el Cuadro N° 1 de la presente resolución, por los fundamentos descritos en la parte resolutiva.
Por otro lado, se revoca la Resolución Directoral N° 3000-2018-OEFA/DFAI, en el extremo que dictó la medida correctiva descrita en el Cuadro N° 2 de la presente resolución; en consecuencia, corresponde archivar el procedimiento en dicho extremo.

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RESOLUCION N° 231-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se corrige el error material incurrido en los numerales 129 y 138 de la Resolución Directoral N° 2999-2018-OEFA-DFAI del 30 de noviembre de 2018.
Por otro lado, se confirma la Resolución Directoral N° 2999-2018-OEFA/DFAI del 30 de noviembre de 2018, en los extremos referidos a: i) la declaración de la responsabilidad administrativa de Graña y Montero Petrolera S. A., por la comisión de las conductas infractoras Nos 1 y 2 del Cuadro N° 1 de la presente resolución y ii) en el extremo relativo al dictado de la medida correctiva N° 1 del Cuadro N° 2 de la misma.
Asimismo, se revoca la Resolución Directoral N° 2999-2018-OEFA/DFAI del 30 de noviembre de 2018, en el extremo a través del cual ordenó a Graña y Montero Petrolera S.A. el cumplimiento de la medida correctiva N° 2 del Cuadro N° 2 de la presente resolución.
Finalmente, se revoca la Resolución Directoral N° 2999-2018-OEFA/DFAI del 30 de noviembre de 2018, en el extremo que sancionó a Graña y Montero Petrolera S.A. con una multa total ascendente a ocho con 50/100 (8.50) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), reformándola con una multa ascendente a ocho con 48/100 (8.48) UIT, vigentes a la fecha de pago.

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RESOLUCION N° 230-2019-OEFA/TFA-SMEPIM

SUMILLA: Se confirma la Resolución Directoral N° 00220-2019-OEFA/DFAI del 22 de febrero de 2019 que declaró la existencia de responsabilidad administrativa, de Minera Las Bambas S.A. por la comisión de la conducta infractora descrita en el Cuadro N° 1 de la presente Resolución en atención a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la misma.

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