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Resolución N° 2011-2018-OEFA/DFAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Minsur S.A. por la comisión de las infracciones que constan en los numerales 1 (en el extremo referido a la no disposición de suelo orgánico (top soil) en el área de almacenamiento contemplada en su instrumento de gestión ambiental) y 2 de la Tabla Nº 2 de la Resolución Subdirectoral Nº 1231-2018-OEFA/DFAl/SFEM. Ordenar a Minsur S.A., en calidad de medidas correctivas, que cumpla con lo indicado en la Tabla Nº 1 y 2 de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.

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Resolución N° 2010-2018-OEFA/DFAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Compañía Minera Las Camelias S.A. por la comisión de las infracciones indicadas en la Tabla Nº 1 de la Resolución Subdirectoral Nº 801-2018-0EFAíDFAl/SFEM; de conformidad con los fundamentos señalados en la presente Resolución. Ordenar a Compañía Minera Las Camelias S.A., el cumplimiento de las medidas correctivas detalladas en la Tabla Nº 1 de la presente Resolución; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.

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Resolución N° 2009-2018-OEFA/DFAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Jinzhao Mining Perú S.A. por la comisión de la infracción indicada en el numeral 1 de la Tabla Nº 1 de la Resolución Subdirectoral Nº 431-2018-0EFA/DFAl/SFEM, enmendada por la Resolución Subdirectoral Nº 2044-2018-OEFA/DFAl/SFEM, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Declarar que en el presente caso no resulta pertinente el dictado de una medida correctiva a Jinzhao Mining Perú S.A. por la infracción indicada en el numeral 1 de la Tabla Nº 1 de la Resolución Subdirectoral Nº 431-2018-OEFA/DFAl/SFEM, enmendada por la Resolución Subdirectoral Nº 2044-2018-OEFA/DFAl/SFEM; de conformidad con los fundamentos señalados en la presente Resolución.

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Resolución N° 2008-2018-OEFA/DFAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa Compañía Minera Lincuna S.A. por la comisión de las infracciones que constan en los numerales 1 y 3 únicamente respecto al segundo semestre del año 2016 de la Tabla Nº 1 la Resolución Subdirectoral Nº 555-2018-OEFA-DFAl/SFEM. Declarar el archivo del presente procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Compañía Minera Lincuna S.A. de los numerales 1 y 3, únicamente respecto al extremo del primer semestre del año 2016 y, respecto al numeral 2 de la Tabla Nº 1 de la Resolución Subdirectoral Nº 555-2018-OEFA-DFAl/SFEM; de conformidad con los fundamentos señalados en la presente Resolución. Declarar que no corresponde el dictado de medidas correctivas a Compañía Minera Lincuna S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.

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Resolución N° 2007-2018-OEFA/DFAI

Declarar el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Olympic Perú INC. Sucursal del Perú, respecto a las imputaciones contenidas en la Tabla N° 1 de la Resolución Subdirectoral N° 883-2018-OEFA-DFAI/SFEM, por los fundamentos expuestos en el desarrollo del presente Resolución.

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Resolución N° 2006-2018-OEFA/DFAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Pesquera Conservas de Chimbote - La Chimbotana S.A.C. por la comisión de las infracciones indicadas en los hechos imputados N.° 1 y 2 de la Tabla N.° 1 de la Resolución Subdirectoral N.° 1153-2017-OEFA/DFSAI/SDI, conforme a los fundamentos de la Resolución. Declarar que en el presente caso no corresponde el dictado de medidas correctivas a Pesquera Conservas de Chimbote - La Chimbotana S.A.C., por la comisión de la conducta infractora, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

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Resolución N° 2005-2018-OEFA/DFAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Invicta Mining Corp S.A.C. por la comisión de las infracciones indicadas en los numerales 1, 2 y 3 de la Tabla N.º 1 de la Resolución Subdirectoral Nº 1161-2018-0EFNDFAl/SFEM. Ordenar a Invicta Mining Corp S.A.C. el cumplimiento de las medidas correctivas detalladas en las Tablas N. º 1, 2 y 3 de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.

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Resolución N° 2004-2018-OEFA/DFAI

Archivar el presente procedimiento administrativo sancionador iniciado en contra de Compañía Minera San Valentín S.A.; en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

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Resolución N° 2003-2018-OEFA/DFAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Corporación Minera Castrovirreyna S.A. En Liquidación, por la comisión de la infracción señalada en la Tabla Nº 1 de la Resolución Subdirectoral Nº 1001-2018-OEFA/DFAl/SFEM; de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Ordenar a Corporación Minera Castrovirreyna S.A. En Liquidación el cumplimiento de la medida correctiva detallada en la Tabla Nº 1 de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.

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Resolución N° 2002-2018-OEFA/DFAI

Declarar la responsabilidad administrativa de Perugold Resources S.A.C. por la comisión de las infracciones señaladas en los numerales 1 y 2 de la Tabla Nº 2 de la Resolución Subdirectoral Nº 289-2018-0EFA/DFAl/SFEM, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Ordenar a Perugold Resources S.A.C. el cumplimiento de las medidas correctivas detalladas en las Tablas Nº 1 y 2 de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.

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Resolución N° 2001-2018-OEFA/DFAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de Aceros Cusco S.A.C. por la comisión de la infracción contenida en la Tabla N° 1 de la Resolución Subdirectoral N° 2001-2017-OEFA/DFSAI/SDI; por los fundamentos expuestos en el desarrollo de la presente Resolución. Sancionar a Aceros Cusco S.A.C. con una multa ascendente a cuatro y 35/100 (4.35) Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de pago al haber sido considerada responsable por la comisión de la conducta infractora contenida en la Tabla N° 1 de la Resolución Subdirectoral N° 2001-2017-OEFA/DFSAI/SDI; por los fundamentos expuestos en el desarrollo de la presente Resolución.

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Resolución N° 2000-2018-OEFA/DFAI

Declarar el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Papelera Campoy S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

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Resolución N° 1999-2018-OEFA/DFAI

Declarar INFUNDADO el recurso de reconsideración interpuesto por ESTACION DE SERVICIOS NOR PERÚ S.A.C. contra la Resolución Directoral Nº 900-2018-OEFA/DFAI, de conformidad a los argumentos expuestos en la presente Resolución.

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Resolución N° 1998-2018-OEFA/DFAI

Declarar la responsabilidad administrativa de Petróleos del Perú – Petroperú S.A. por la comisión de la infracción N° 1 que consta en la Tabla N° 1 de la Resolución Subdirectoral, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Ordenar a Petróleos del Perú – Petroperú S.A. el cumplimiento de la medida correctiva detallada en la Tabla N° 5 de la presente Resolución, correspondiente a la infracción N° 1, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Declarar el archivo del presente procedimiento administrativo sancionador seguido contra Petróleos del Perú – Petroperú S.A., respecto del hecho imputado N° 2 de la Resolución Subdirectoral N° 2114-2017-OEFA-DFSAI/SDI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

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Resolución N° 1997-2018-OEFA/DFAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de INVERSIONES GENERALES DEL MAR S.A.C. por la comisión de las infracciones indicadas en los numerales 1, 2 y 3 de la Tabla N.º 1 de la Resolución Subdirectoral 020-2018-OEFA/DFAI-SFAP, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Archivar el presente procedimiento administrativo sancionador iniciado en contra de INVERSIONES GENERALES DEL MAR S.A.C. por la imputación indicada en el numeral 4 de la Tabla N.º 1 de la Resolución Subdirectoral N.º 1448-2018-OEFA/DFAI/SFEM, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Ordenar a INVERSIONES GENERALES DEL MAR S.A.C., el cumplimiento de las medidas correctivas detalladas en las Tabla N° 1, 2 y 3 de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.

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Resolución N° 1996-2018-OEFA/DFAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de PESQUERA EXALMAR S.A.A. por la comisión de la infracción indicada en el numeral 1 de la Tabla N° 1 de la Resolución Subdirectoral N.° 388-2018-OEFA/DFAI/SFAP; de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Sancionar a PESQUERA EXALMAR S.A.A., por la comisión de la infracción contenida en la Tabla N° 1 de la Resolución Subdirectoral N° 388-2018-OEFA/DFAI/SFAP, con una multa ascendente a 4.19 (cuatro con 19/100) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago.

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Resolución N° 1995-2018-OEFA/DFAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de UNITED OCEANS S.A.C., por la comisión de las infracciones N.º 1, 2, 3 y 4 que constan en la Tabla N.º 1 de la Resolución Subdirectoral N.º 131-2018-OEFA/DFAI/SFAP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Ordenar a UNITED OCEANS S.A.C., el cumplimiento de las medidas correctivas detalladas en las Tablas N.º 1 y 2 de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Para asegurar el correcto cumplimiento de las medidas correctivas, se solicita a UNITED OCEANS S.A.C. informar a esta Dirección los datos de contacto del responsable de remitir la información para la acreditación del cumplimiento de la medida correctiva impuesta en la presente Resolución Directoral, para lo cual se pone a su disposición el formulario digital disponible en el siguiente link: bit.ly/contactoMC

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Resolución N° 1994-2018-OEFA/DFAI

Archivar el presente Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado contra PESQUERA HAYDUK S.A., por la presunta comisión de las infracciones que constan en la Tabla N.° 1 de la Resolución Subdirectoral N.° 131-2018-OEFA/DFAI/SFAP; por los fundamentos expuestos en el desarrollo de la presente Resolución.

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Resolución N° 1993-2018-OEFA/DFAI

Declarar la existencia de responsabilidad administrativa de PROVEEDORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A.C. por la comisión de la infracción que consta en el numeral 1 de la Tabla N.º 1 de la Resolución Subdirectoral N° 150-2018-OEFA/DFAI/SFAP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Ordenar a PROVEEDORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A.C., el cumplimiento de la medida correctiva detallada en las Tabla N.° 1 de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Para asegurar el correcto cumplimiento de las medidas correctivas, se solicita a la PROVEEDORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A.C. informar a esta Dirección los datos de contacto del responsable de remitir la información para la acreditación del cumplimiento de la medida correctiva impuesta en la presente Resolución Directoral, para lo cual se pone a su disposición el formulario digital disponible en el siguiente link: bit.ly/contactoMC

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Resolución N° 1992-2018-OEFA/DFAI

Archivar el presente Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado contra CFG INVESMENT S.A.C., por la presunta comisión de la infracción que consta en la Tabla N° 1 de la Resolución Subdirectoral N° 465-2018-OEFA-DFAI/SFAP; por los fundamentos expuestos en el desarrollo de la presente Resolución.

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