En cumplimiento de la Ley N° 29535, que otorga reconocimiento oficial a la lengua de señas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-MMP, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental brinda el servicio de atención y orientación a usuarios con discapacidad auditiva a través de un intérprete de la lengua de señas peruana en la Sede Central y en las Oficinas Desconcentradas y de Enlace.
De esta manera, los usuarios con discapacidad auditiva que requieran efectuar algún trámite o consulta ante el OEFA, pueden presentar una solicitud para el servicio de intérprete de la lengua de señas. El servicio podrá ser otorgado, de acuerdo a la necesidad del ciudadano, previa coordinación de una cita con el intérprete.
Asimismo, podrá solicitar el servicio en todas las Oficinas Desconcentradas y de Enlace del OEFA, para cuyo efecto se realizará la coordinación para la programación de la cita correspondiente con el intérprete de la lengua de señas, a fin de realizar la interpretación de manera simultánea entre el ciudadano con discapacidad auditiva y el intérprete a través de una plataforma virtual.
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